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México

Liberan el precio de la gasolina en Baja California y Sonora

Este jueves, los precios de las gasolinas Magna y Premium, al igual que el del diésel, se mantienen sin cambios respecto a la víspera.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) informó que la gasolina menor a 92 octanos permanece en 16.47 pesos, la mayor o igual a 92 octanos está en 18.24 y el diésel se ofrece en máximo 17.48 pesos por litro.

El precio más bajo para la Magna en las 83 regiones del país, las siete regiones de la frontera y los municipios que componen cada región es de 15.21 pesos, el de la Premium en 16.95 y el del diésel en 16.20 pesos por litro.

El organismo no publicó los precios de entidades como Baja California y Sonora, ya que fueron las primeras en dejar de aplicar los precios máximos, como parte del proceso de apertura del mercado de combustibles en el país.

En la Ciudad de México también siguen vigentes los precios de ayer, de 16.12 pesos para la menor a 92 octanos, 17.97 para la mayor o igual a 92 octanos y 16.80 pesos por litro para el diésel.

La delegación Iztapalapa registra precios intermedios de 16.17 pesos la Magna y 18.03 por litro de Premium, mientras que Azcapotzalco mantiene los costos más bajos, de 16.12 pesos y 17.97 por litro, respectivamente.

En Oaxaca, el precio de la Magna va de 15.47 a 15.98 pesos, el de la Premium de 17.22 a 17.71 pesos, y el diésel de 16.47 a 16.96 pesos por litro.

La capital del estado, Oaxaca de Juárez, ofrece precios de 15.78 y 17.52 pesos por litro para la gasolina menor y mayor a 92 octanos, de forma respectiva, en tanto, el diésel se vende en 16.79 pesos por litro.

Por su parte, en el estado de Chihuahua la Magna se adquiere en un mínimo de 15.58 pesos, la Premium en 17.78 y el diésel en 16.78 pesos por litro, y los precios más altos son de 16.40 pesos, 18.24 y 17.40 pesos por litro, respectivamente.

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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