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México

Llegará en 20 años inglés a escuelas públicas de todo el país: Nuño

Con la formación de maestros de inglés en las escuelas normales, dentro de 20 años llegará la enseñanza de este idioma a todas las escuelas de educación básica del país, anticipó el titular de la SEP, Aurelio Nuño.
El cambio más importante tiene que ver con transformar a las escuelas normales en que sean bilingües y tengan una alta enseñanza de inglés”, dijo el secretario federal de Educación Pública, en entrevista telefónica con Pascal Beltrán del Río, para la Primera Emisión del programa radiofónico Imagen Informativa.
“Esto nos va a permitir en un proceso de 20 años, que obviamente irá avanzando gradualmente, y hablamos de 20 años para que llegue a todo el sistema de educación pública del país y éste pueda ser bilingüe o trilingüe, para quienes tienen una lengua materna distinta al español”.
La formación de maestros con un alto nivel de inglés se logrará, añadió, con clases de primera calidad en las escuelas normales, para lo cual, la SEP lanzará una convocatoria enfocada en contratar a mil profesores de este idioma.
“Vamos a anunciar una convocatoria abierta, para un concurso, más de mil plazas nuevas de maestros de inglés en las normales, que con ese número de maestros vamos a incrementar el número de horas que se requieren, para alcanzar unas ocho horas a la semana de inglés que nos dará la formación que requerimos.
Te invitamos a leer: Alista SEP plan para la enseñanza de inglés en todo el país
Tras el reclutamiento de los profesores de inglés, la formación de maestros bilingües comenzará en el ciclo escolar 2018-2019.
“Esta formación en altos componentes de inglés para los normalistas va a comenzar en el ciclo escolar 2018-2019, eso quiere decir que la primera generación egresada con un alto nivel de inglés será en el año 2022, 2023”, indicó Nuño.
Los participantes de la convocatoria, explicó el secretario de educación, deben reunir dos cualidades: poseer un altísimo nivel de inglés y saberlo enseñar.
“La convocatoria es un concurso que tiene dos etapas: en la primera, tienen que presentar el examen de inglés de la Universidad de Cambridge”, detalló.
“Quienes alcancen el puntaje más alto, pasarán a una segunda etapa en la que presentarán un examen equivalente al del inglés del servicio profesional docente, en el que deben demostrar conocimientos pedagógicos y capacidad y habilidad para enseñar el inglés”.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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