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México

Maestros acuerdan regresar a clases en Oaxaca para el 17 de junio

La Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) acordó un receso en su paro laboral, para regresar a clases a partir del próximo miércoles 17 junio con el objetivo de «cumplir con los compromisos establecidos con los padres de familia y la sociedad, garantizando el cierre del ciclo escolar 2014-2015».

El acuerdo de asamblea estatal, celebrada esta madrugada en la Ciudad de México, fijó el cambio en la modalidad de estrategia de lucha; por lo tanto, la modalidad pasará de ser masiva a representativa, con el propósito de que la base magisterial se desplace a sus centros de trabajo este fin de semana.

De tal manera, que los profesores y profesoras que se trasladaron a la Ciudad de México desde el pasado lunes, para apostarse en el Monumento a la Revolución, deberán de regresar a sus centros de trabajo, aunque permanecerá un plantón representativo.

El receso en el paro laboral en los 13 mil 500 centros escolares, donde asiste un millón 500 mil alumnos de los niveles de educación básica, media superior y superior, es un acuerdo de los 37 sectores representados en la asamblea estatal donde también participa el Comité Ejecutivo Seccional, encabezado por el secretario general de la Sección 22, Rubén Núñez.

El paro inició el 1 de junio, tuvo el propósito de sabotear el proceso electoral federal del 7 de junio, y demandar la abrogación de la Reforma Educativa. Sin embargo, a pesar de acontecimiento vandálicos en las instalaciones del Instituto Nacional Electoral (INE), antes y durante la jornada comicial, el proceso se realizó con la instalación de más del 95 por ciento de las casillas instaladas.

En tanto, la Reforma Educativa impulsada por el gobierno federal, a través de la Secretaría de Educación Pública (SEP), sigue su aplicación general, incluyendo el examen de evaluación docente.

Excélsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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