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México

Mapa COVID Mexico 22 de Mayo: la mitad del país en bajo riesgo y la otra mitad en moderado

La Secretaría de Salud (SSa) actualizó este viernes el Semáforo Epidemiológico de coronavirus (COVID-19), el cual estará vigente del 24 de mayo al 6 de junio.

Desde Palacio Nacional, la Dra. Alethse de la Torre Rosas, directora general del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH y el sida, indicó que el mapa de México se coloreará de la siguiente manera:

Por séptima vez consecutiva, ningún estado se pintará de color “rojo” (máximo riesgo de contagio). Los últimos habían sido Guerrero y Guanajuato (del 15 al 28 febrero).

Por el contrario, en color “verde” (bajo riesgo de contagio) estarán 16 entidades, dos más que hace dos semanas: se suman Aguascalientes, Guerrero, Querétaro, Hidalgo y Morelos; se mantienen Sonora, Sinaloa, Durango, Coahuila, Jalisco, San Luis Potosí, Guanajuato, Tlaxcala, Veracruz, Oaxaca y Chiapas. Cabe mencionar que en este último estado ya se inició con el regreso paulatino a clases presenciales.

Gráfica: (Jovani Pérez / Infobae México)Gráfica: (Jovani Pérez / Infobae México)

La funcionaria calificó este panorama como “una buena noticia”, pues señaló que las epidemias se controlan desde la comunidad.

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“Esto es extraordinario (…) Habla también de todos estos esfuerzos que hacen cada una de las entidades federativas”, reconoció.

En “amarillo” o riesgo moderado estarán 15 entidades, el mismo número de la pasada actualización: se suman Chihuahua, Nueva León, Nayarit, Tabasco y después de varios meses regresa Campeche; se mantienen Baja California, Baja California Sur, Tamaulipas, Zacatecas, Colima, Michoacán, Estado de México, Ciudad de México, Puebla y Yucatán.

Gráfica: (Jovani Pérez / Infobae México)Gráfica: (Jovani Pérez / Infobae México)

Mientras que en “naranja” (alto riesgo) estará solo uno; es decir, dos menos: Quintana Roo. Estado en donde se encuentran los destinos turísticos más importantes del país.

En este sentido, De la Torre Rosas hizo un llamado a la demás población del territorio nacional a tener “tener prudencia” al momento de vacacionar en las playas del Caribe Mexicano.

“Hay que empezar en ser solidarios con la salud de las personas que viven en Quintana Roo. Todas las acciones del semáforo van asociadas con acciones dirigidas para la disminución de riesgo en cada una de las entidades federativas. Pero si no tenemos un viaje esencial, evitemos estas actividades, para que tengan un control adecuado en esta hermosa entidad”, señalaron.

Cabe mencionar que los cuatro elementos evaluados para determinar el color del semáforo en cada entidad son: el porcentaje de ocupación de camas en terapia intensiva, porcentaje de casos positivos de coronavirus; tendencia de camas ocupadas y tendencia de casos positivos; es decir, el comportamiento esperado con base en los números actuales, y que es calculado por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).

Gráfica: (Jovani Pérez / Infobae México)Gráfica: (Jovani Pérez / Infobae México)
Avance la pandemia y vacunación

Por otra parte, De la Torre Rosas informó que hasta este 21 de mayo ya suman 221,256 defunciones confirmadas en México por el nuevo coronavirus (COVID-19). Lo que significa que en las últimas 24 horas hubo 176 muertos.

La Ciudad de México y el Estado de México son las entidades con mayor número de casos activos estimados; es decir, personas que presentaron síntomas en los últimos 14 días.

Además, el Dr. Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, señaló que en el último corte se inyectaron 634,916 dosis del antígeno contra el virus SARS-CoV-2. En suma, se han aplicado 25,626,413 vacunas hasta este día. De entre ellas, 17,386,061 (19%), son personas vacunadas; 11,584,756 (77%) tienen el esquema completo y el restante, 5,801,305 corresponden a medios esquemas (33%).

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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