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México

Margarita Zavala y Quadri se perfilan para ganar en sus distritos

 La jornada electoral de ayer los resucitó y ambos serán diputados federales en la próxima Legislatura

Margarita Zavala

Foto:Getty images

Margarita Zavala fue la primera en presumir su triunfo en las urnas. Cuando apenas se había echado a andar el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), la exprimera dama y excandidata independiente a la presidencia ya tenía sus datos: “¡Ya ganamos! Con alegría anuncio que logramos la victoria en el Distrito Federal 10 de la CDMX”, anunció por ahí de la medianoche.

“Iniciamos esta campaña convencidos de que el voto ciudadano siempre será el mejor camino para salvar a México de un gobierno que ha hecho mucho daño y que necesitaba contrapesos”, señaló Margarita Zavala en un video en el lució una sonrisota de ésas que, quizás, ni Felipe Calderón le ha conseguido arrancar.

prep margarita zavala

Captura de pantalla

Tanta felicidad de Zavala es por la barridota que dio en el mencionado distrito. Con 75% de las actas capturadas (por ahí de las 4:00 am) el PREP indica que doña Margara ya tiene asegurada su curul con 58% de la votación. El contrincante más cercano era Javier Ariel Hidalgo…con un muy lejano 32.5% . Y, bueno, Salomón Chertorivski se quedará (otra vez) como pura anécdota.

Quadri también será legislador

Mientras Margarita Zavala brincaba de emoción por el triunfo, parece que el hombre al que le suda el bigote cuando está cerca de una edecán se fue a dormir temprano. Un poco más reservado, Gabriel Quadri no se ha manifestado sobre su inminente triunfo en las urnas.

Gabriel Quadri /TUMOR

FOTO: JUAN PABLO ZAMORA /CUARTOSCURO.COM

De acuerdo con el PREP (consultado, igual, por ahí de las 4:00 am), Quadri gana su curul con el 49% de los votos, seguido por Pablo Gómez (de Morena) con 40%… muy atrás, en tercer lugar, Sofía Castro apenas alcanzó 4.13% de los votos.

¿Y a quién representarán?

¿Cómo a quién? Pos a la ciudadanía… ya, en serio, Margarita Zavala y Gabriel Quadri representarán a la coalición PAN-PRI-PRD, la cual hace unas semanas ya avisó que la amalgama partidista no nomás se hizo para las elecciones, sino también para los asuntos legislativos. Es decir, le van a echar montón a Morena que, por cierto, en la próxima Legislatura (aun con ayuda de aliados) nomás alcanzará mayoría absoluta… no calificada.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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