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México

Mexicanos compran 150 mdd al año de medicamentos ilegales

El segmento de medicamentos ilegales en México, que incluye los falsificados, caducos, robados o internados al país sin permiso, generan pérdidas de al rededor de 150 millones de dólares anuales para las farmacéuticas, según datos de la Cofepris.

El mercado de medicamentos ilegales en México genera pérdidas de al menos 150 millones de dólares anuales para las empresas farmacéuticas, de acuerdo con datos divulgados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Se calcula que dicho segmento, que incluye medicinas falsificadas, caducas, robadas o introducidas al país sin cumplir con los criterios sanitarios debidos, acapara alrededor del 1 por ciento del valor de mercado total que es de 15 mil millones de dólares, dijo Mikel Arriola, titular del organismo de regulación sanitaria.

“En el universo de aseguramientos no hemos encontrado casi nada de producto falsificado (…) tenemos otras fuentes (de ilegalidad) como la venta de producto desviado de la cadena pública, venta de medicamentos caducos, mal manufacturados así como la venta de muestras médicas que tienen registro sanitario pero cuya comercialización está prohibida”, explicó el funcionario en entrevista con El Financiero, tras su participación en el IV Foro Internacional de Combate al Mercado Ilegal de Productos para la Salud.

Este cálculo se realiza con base en el universo de aseguramientos que ha realizado la Cofepris debido a que no es un mercado que pueda medirse de manera directa, dijo el funcionario.

Según datos del organismo, de 2011 a junio de 2014, la Comisión ha decomisado 302 toneladas de medicamentos ilegales, lo que representa un incremento de 12 mil por ciento en el periodo. En 2010, el organismo decomisó apenas 2.5 toneladas.

De los aseguramientos de medicamentos realizados de 2011 a 2014, 48 por ciento ha sido por malas prácticas de fabricación, 18 por ciento por venta de muestras médicas, 12 por ciento por producto caduco, 9 por ciento medicamento fraccionado, 7 por ciento sin registro y el resto, corresponde a otras causas.

Este incremento se debe a una intensificación en la estrategia de decomisos que pasó de 17 acciones en 2010 a 100 en 2013, argumentó el funcionario.

El número de sanciones a farmacias, laboratorios y almacenes se elevó 700 por ciento al pasar de 16 en 2010 a 123 a junio de 2014. Y las multas de 4 a 52 millones de pesos en el mismo periodo.

TAMBIÉN EN DISPOSITIVOS

Además de la industria farmacéutica, la de dispositivos médicos, que se refiere a artículos tan diversos como jeringas o gasas hasta implantes, aparatos de diagnóstico y software, también ha sido golpeada por el mercado ilegal.

“Antes no había decomisos de dispositivos médicos, pero el año pasado se confiscaron un millón 200 mil dispositivos médicos ilegales, no necesariamente falsificados, sino que llegan a México sin los debidos registros”, explicó Pablo Dávila, presidente de la Asociación Mexicana de Industrias Innovadoras de Dispositivos Médicos.

En materia de productos milagro, en los últimos dos años se han hecho aseguramientos a 2 millones de productos, detalló.

 

NSS Oaxaca

 

MEDICINAS CADUCAS

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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