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México

México condena ataque de Irán a Israel

La Secretaría de Relaciones Exteriores llamó a ambas partes a buscar soluciones de manera pacífica evitar más muertes en el Medio Oriente.

Ciudad de México.- El Gobierno de México condenó este sábado el ataque de Irán a Israel por medio de drones y misiles, y llamó a ambas partes a buscar soluciones de manera pacífica para evitar la generalización del conflicto en Medio Oriente.

Mediante un comunicado, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE, Cancillería) de México expresó su preocupación por el uso de la fuerza en las relaciones internacionales y señaló que el conflicto podría costar miles de vidas.

«El Gobierno de México advierte con profunda preocupación del ataque de Irán en contra de territorio israelí y los costos que esta acción podría tener en miles de vidas humanas», apuntó la SRE.

«México condena el uso de la fuerza en las relaciones internacionales y hace un llamado a las partes a la autocontención y a la búsqueda de soluciones de manera pacífica para evitar la generalización del conflicto en Medio Oriente», agregó la Cancillería.

De la misma manera, dijo, «México subraya la importancia de respetar el derecho internacional en aras de la paz y seguridad internacionales».

La condena de México se suma a las de la Unión Europea, Alemania, Francia y el Reino Unido, después de que Irán lanzara este sábado cientos de drones y misiles balísticos contra Israel en represalia por el bombardeo del consulado iraní en Damasco el pasado 1 de abril, en el que murieron siete miembros de la Guardia Revolucionaria y seis ciudadanos sirios.

Algunos de estos drones han sido interceptados en Jordania e Israel. Mientras tanto, el presidente estadounidense, Joe Biden, se ha reunido con su consejo de Seguridad Nacional en la «Situation Room» de la Casa Blanca para seguir al detalle la situación y está apoyando a Israel a repeler el ataque.

El Gobierno de Irán invocó, a través de su misión ante la ONU, el artículo 51 de la carta de Naciones Unidas para justificar su ataque contra Israel, el cual considera como «legítima defensa».

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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