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México

México condena lanzamiento de misil balístico norcoreano

El gobierno mexicano, por medio de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), condenó el más reciente lanzamiento de un cohete con tecnología de misil balístico, efectuado por la República Popular Democrática de Corea.
Esta acción, así como la realizada el pasado 28 de abril, constituye una flagrante violación al derecho internacional y a múltiples resoluciones del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, destacó la cancillería en un comunicado.

Refirió que la acción pone de manifiesto la peligrosa determinación de la República Popular Democrática de Corea de continuar desafiando los llamados de la comunidad internacional para que cesen dicho tipo de actos.

Así, el gobierno de México reafirmó que dichas acciones ponen en riesgo la paz y la seguridad internacionales y, en conjunto con las amenazas de realizar nuevos ensayos nucleares, minan los esfuerzos multilaterales por impulsar el diálogo, la confianza y la cooperación para alcanzar la pacificación y la desnuclearización de la Península Coreana.

La dependencia reiteró la obligación de acatar las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU 2270 (2016), 2094 y 2087 (2013), 1874 (2009) y 1718 (2006), adoptadas bajo el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, las cuales exigen a la República Popular Democrática de Corea suspender todas las actividades de su programa nuclear, incluyendo “los lanzamientos con tecnología de misiles balísticos y cualquier otro acto de provocación”.

De igual forma, puntualizó que México suscribe los pronunciamientos del secretario general y del Consejo de Seguridad de la ONU formulados en esta fecha sobre los lanzamientos en cuestión, y estará atento al seguimiento y el pronunciamiento que determine el Consejo en su reunión del 16 de mayo de 2017.

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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