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México crecerá 4.6% en 2021 si hay reactivación económica por vacuna anti-Covid

La Secretaría de Hacienda (SHCP) mexicana prevé que la economía del país crezca un 4.6% en 2021, pero reconoció que la cifra está sujeta a la reactivación económica tras la pandemia de COVID-19, sobre todo a la disponibilidad de un vacuna.

“El Paquete Econo?mico 2021 utiliza para las proyecciones de finanzas pu?blicas una tasa de crecimiento del PIB (Producto Interno Bruto) de 4.6%, cifra que podri?a ajustarse si la disponibilidad de una vacuna contra el COVID-19 permite una reapertura amplia a principios del an?o”, indicó el gobierno, de acuerdo con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2021 consultado por Infobae México.

El gobierno de Andrés Manuel López Obrador participa en varios proyectos lanzados por universidades y farmacéuticas en distintos países para conseguir una vacuna contra el COVID-19, pero hasta ahora todas ellas se encuentran en fases de pruebas.

La administración estimó esta semana que México podría tener acceso a la vacuna en los “primeros meses” de 2021, aunque la Organización Mundial de la Salud (OMS) advirtió de los riesgos que conllevaría acelerar el proceso para obtenerla.

El pronóstico mexicano para la economía en 2021 contrasta con los pronósticos para este año. La calificadora Fitch Ratings anunció apenas este martes que sus expectativas se reducían para México en 2020 y pronosticó una caída del 10.8%, casi dos puntos porcentuales más que su última revisión.

Además, Hacienda considera que la inflacio?n anual para el cierre de 2021 será de 3%, en li?nea con las proyecciones y el objetivo del Banco de México (Banxico). Prevén también que haya “estabilidad de la poli?tica monetaria durante 2021”, con un tipo de cambio promedio de 22.1 pesos por do?lar, “que asume una trayectoria decreciente a lo largo de 2021, consistente con la recuperacio?n econo?mica”.

El proyecto de Egresos, que la tarde de este martes fue presentado ante la Cámara de Diputados, donde se llevarán a cabo las negociaciones para aprobarlo, indica también que las proyecciones emplean «un precio prudente de la mezcla mexicana de petro?leo de exportacio?n de USD 42.1 por barril, en li?nea con su evolucio?n reciente y con los futuros y estimaciones de analistas para los crudos WTI y Brent.

“Adema?s, se utiliza una plataforma de produccio?n de 1,857 miles de barriles diarios, que considera el nuevo entorno de demanda y precios, asi? como el renovado e?nfasis en la eficiencia en la produccio?n y abastecimiento de combustibles por parte de Pemex (Petróleos Mexicanos)”, añadieron.

Desde las últimas semanas de agosto, el precio del barril mexicanos se vendió por encima de los USD 40, después de la caída de precios presentara un derrumbe inédito a finales de abril de 2020, cuando incluso el precio cayó a niveles negativos al perder un 116% de su valor durante un fin de semana.

Hacienda también aceptó que se estiman ingresos presupuestarios de 5 billones 539 mil millones de pesos para 2021, menores en 3% real que los aprobados en 2020, pero mayores en 6.4% real respecto a los estimados al cierre. Esto “excluyendo los ingresos no tributarios no recurrentes, que capturan el uso de recursos extraordinarios para enfrentar la contingencia sanitaria y econo?mica”, detallaron.

La SHCP aseguró la Iniciativa para la Ley de Ingresos de la Federación “continu?a los esfuerzos de la administracio?n por optimizar la recaudacio?n que permite el marco fiscal vigente, sin aumentar los impuestos para no afectar el restablecimiento de la economi?a”.

El Paquete Econo?mico 2021, expresaron, da prioridad a tres objetivos de poli?tica pu?blica: ampliar y fortalecer las capacidades del sistema de salud, particularmente los servicios orientados a la atencio?n de los grupos en situacio?n de vulnerabilidad; promover una reactivacio?n ra?pida y sostenida del empleo y de la actividad econo?mica; y continuar reduciendo la desigualdad y sentando las bases para un desarrollo equilibrado y vigoroso en el largo plazo.

Fuente: Infobae

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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