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México

«Mi esposo quedó inconsciente»: Esposa del chofer de Troca Monstruo

La última vez que Rosa Isela Gómez habló con su esposo Francisco Velázquez Samaniego fue la tarde del sábado 5 de octubre en una breve llamada telefónica mientras que él declaraba en el Ministerio Público de Chihuahua.

PRESENTAN AUDIENCIA EN CHIHUAHUA“Me dijo ‘Rosa, pasó un accidente, me noqueé, me pegué con los fierros en la frente y perdí el conocimiento y hasta ahí no sé qué pasó, pero aquí estoy, aquí me tienen declarando’, dijo, ‘me siento muy mal’, yo le pregunté que si había tomado, él me dijo que no, y que sí se sentía bien en ese momento que se había subido al carro y también me dijo que sí, y ya no volví a tener comunicación”, narró Rosa Isela en entrevista vía telefónica con MILENIO.

Rosa Isela comentó que en la llamada que tuvo con su esposo, él le dijo que en reiteradas ocasiones pidió a los organizadores retirar a la gente de la pista, y que después de la colisión. Francisco fue bajado de la camioneta por los espectadores y que lo golpearon.

“Yo comprendo también el enojo de la gente”, dijo.

Temen agresiones

Francisco Velázquez Samaniego pidió a su esposa que se quedaran en Agua Prieta, Sonora, y que no intentaran viajar a Chihuahua.

“Me dijo que no me fuera, que me quedara, me dijo que por miedo también de cómo fuera a reaccionar la gente”, comentó Rosa Isela Gómez.

Horas después de la llamada, Alejandro Chapa Medellín, abogado de Velázquez Samaniego, llamó a Rosa Isela y le hizo la misma petición: permanecer en Agua Prieta para resguardar su integridad.

“Confiamos en el abogado”

La familia de Francisco Velázquez Samaniego teme que la autoridad recargue toda la responsabilidad del accidente en el chofer.

“De todo le quieren echar la culpa a mi esposo y todos aquí, todos tienen la culpa, pero más se me figura que la tienen ellos (los organizadores) por negligencia”, dijo.

Rosa Isela explicó que la situación ha generado un sinnúmero de rumores, en los que destaca que los organizadores del evento pagaron al abogado de su esposo para perjudicarlo en el proceso legal que enfrenta.

“El abogado lo había puesto la empresa, la que contrató a mi esposo, y después, creo que fue a decirle el abogado a mi esposo que lo iban a poner en contra de él, que ya no ocupaban sus servicios, y fue entonces cuando mi esposo le dijo a él que ahora quería que él lo defendiera”, dijo.

Pese a ello, Rosa Isela se muestra optimista en el desempeño del defensor Chapa Medellín.

“Confiamos en él, no lo conocemos ni nada, pero pues confiamos en él”, comentó.
La mujer lanzó una petición a la autoridad que lleva el caso.

“Queremos que se haga justicia, aquí Pancho es una víctima más, porque también fue golpeado, ahí no había nada de seguridad, aquí no es igual ahí había muchísimos metros de distancia”, dijo Rosa Isela.

Fuente: MILENIO

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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