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México

Mueren 4 en Tlaxcala por brote bacteriano ligado al síndrome de Guillain Barré

La Secretaría detalló que desde el 11 de marzo ha implementado acciones de vigilancia e identificación de la fuente de infección y de los factores de riesgo involucrados en el brote.

Tlaxcala.-  Al menos cuatro personas murieron en Tlaxcala por un brote de la bacteria ‘campylobacter jejuni’, que se asocia al síndrome de Guillain Barré (SGB), según reportó este viernes la Secretaría de Salud (SSa).

La dependencia ha registrado 81 casos de parálisis flácida aguda (PFA) en lo que va del año en 30 municipios de Tlaxcala, de los cuales, 42 casos «han mostrado aislamiento positivo a la bacteria ‘campylobacter jejuni'» y 34 se han clasificados como SGB.

«Se han registrado cuatro defunciones que se encuentran en dictaminación por parte del grupo de personas expertas», precisó la SSa en un comunicado.

La Secretaría detalló que desde el 11 de marzo ha implementado acciones de vigilancia e identificación de la fuente de infección y de los factores de riesgo involucrados en el brote, como agua contaminada, manejo deficiente de alimentos, baja cloración de los sistemas de agua potable y deficiente lavado de manos.

El organismo recordó que la parálisis flácida aguda se caracteriza por la pérdida súbita de la fuerza muscular en las extremidades, disminución del tono muscular y ausencia de reflejos.

«Esta condición puede resultar en incapacidad total para realizar movimientos voluntarios e incluso afectar la respiración y la deglución, con consecuencias graves que pueden llevar a la muerte», advirtió.

La SSa citó que, en los últimos cinco años, a nivel nacional se reportaron 899 casos de PFA en 2019, 532 en 2020, 518 en 2021, 628 en 2022 y 617 en 2023.

Ante este panorama, la Secretaría Salud exhortó a buscar atención médica ante síntomas como pérdida súbita de la fuerza muscular en extremidades, disminución del tono muscular, reducción o ausencia de los reflejos, incapacidad para realizar movimientos voluntarios, y dificultad para respirar o ingerir agua y comida.

El brote en México ocurre después de que, en febrero, Guatemala reportó cuatro muertos y 67 casos de una enfermedad neurológica aguda desconocida asociada al síndrome de Guillain Barré

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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