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México

Normalista de Ayotzinapa es asesinado por policías en Guerrero. Exigen justicia.

Estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos aseguran que el enfrentamiento entre elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Guerrero y normalistas Ayotzinapa, registrado durante la noche del jueves en Tixtla, fue iniciado por las autoridades y no por los alumnos, tal como lo sostuvo la dependencia a través de un comunicado.

Durante la madrugada de este 8 de marzo, horas después del conflicto, representantes de la Normal informaron que testigos oculares y vecinos de la zona señalaron que elementos de la SSP atacaron “sin razón alguna” a un grupo de normalistas, mismos que viajaban a bordo de un vehículo tipo pick up.

Alzamos la voz y exigimos de justicia ante tal suceso ocurrido en el libramiento Tixtla, cuando compañeros se trasladaban de Chilpancingo a nuestra Normal Rural y en el cual, mismos testigos oculares y vecinos mencionaron, sin motivo alguno las patrullas empezaron a disparar en contra de la unidad en la que se trasladaban los compañeros”, declaró un estudiante de Ayotzinapa en una breve rueda de prensa.

Los hechos ocurrieron poco antes de las 22:00 horas del 7 de marzo.

De acuerdo con la SSP de Guerrero, elementos de esta dependencia atendían un reporte de robo de un vehículo cuando los estudiantes presuntamente comenzaron a atacar a los uniformados con armas de fuego. Ante ello, las autoridades repelieron la supuesta agresión.

En el interior del vehículo se localizó un arma de fuego corta y cartuchos útiles. (Secretaría de Seguridad Pública de Guerrero)
En el interior del vehículo se localizó un arma de fuego corta y cartuchos útiles. (Secretaría de Seguridad Pública de Guerrero)

El saldo fue de un detenido, un herido y un muerto; este último identificado como Yanqui Rothan Gómez Peralta, un joven normalista de 23 años.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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