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México

Peña Nieto también se siente espiado

El Presidente de México, Enrique Peña Nieto, rechazó que los recursos tecnológicos del Gobierno federal sean utilizados para trabajos de espionaje a periodistas, activistas o a ciudadanos en general, y aseguró que él también se ha sentido vigilado mediante su teléfono celular, de parte de números telefónicos desconocidos.
“Somos una sociedad que las más de las veces nos sentimos espiados. Yo mismo, como Presidente de la República, a veces recibo mensajes cuya fuente u origen desconozco, pero procuro, en todo caso, ser cuidadoso de lo que hablo telefónicamente. No faltará que alguien, o que alguna vez exhiban una conversación mía, ya ha ocurrido”, dijo el Mandatario en la inauguración del Parque Colinas de Lagos, en el municipio de Lagos de Moreno.
El lunes, el periódico estadounidense The New York Times publicó que defensores de los derechos humanos, periodistas y otros actores son vigilados por medio de un programa de espionaje llamado “Pegasus”, adquirido por el Gobierno mexicano a una empresa israelí con la condición de que fuera usado sólo contra la delincuencia y el terrorismo.
En una primera reacción a la publicación, la Presidencia de México dijo ese mismo día que no había prueba alguna de que agencias del Gobierno sean responsables del supuesto espionaje, aunque no negó la acusación.
Al afirmar que en su administración ha habido tolerancia y respeto a las voces críticas, Peña Nieto dijo ayer que ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) que inicie una investigación para deslindar responsabilidades y determinar si las afirmaciones del supuesto espionaje tienen sustento. Aseguró que ninguna de las personas que se sienten agraviadas puede afirmar o mostrar evidencias de que su vida se haya visto afectada “por estas supuestas intervenciones y por ese supuesto espionaje”.
Dijo que el programa y equipo de inteligencia que tiene el Gobierno federal es utilizado para combatir la delincuencia y garantizar la seguridad de las personas, y arremetió: “Resulta muy fácil señalar y apuntar, resulta muy fácil convocar para que se señale al Gobierno como una entidad que espía. Nada más falso que eso, porque ninguna de las personas que se sienta agraviada puede afirmar, mostrar o evidenciar siquiera que su vida se haya visto afectada, lastimada por esas supuestas intervenciones”.

El Informador

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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