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Permiten abortar a niña india de 10 años que fue violada

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Una india de 10 años, víctima de repetidas violaciones, fue autorizada a abortar pese a haber vencido el plazo en que se autorizan las interrupciones voluntarias de embarazo, anunció este miércoles la policía.

La niña, a la que su madre dejaba con frecuencia en casa cuando iba a trabajar en obras de construcción, contó que fue víctima de violaciones repetidas por parte de su padrastro. Este último fue detenido.

Cuando la niña denunció las violaciones había vencido el plazo de 20 semanas durante el cual se autorizan las interrupciones voluntarias de embarazo. Únicamente se aceptan en caso de que la vida de la madre o de su hijo corran peligro.

La justicia ha actuado. «El tribunal decidió recurrir a la opinión de un consejo de médicos que ha decidido practicar una interrupción voluntaria del embarazo», declaró un portavoz de la policía. La intervención tendrá lugar rápidamente, según la misma fuente.

En los últimos meses, varias mujeres víctimas de violación o de trata de seres humanos recurrieron a la principal jurisdicción india para pedir autorización para abortar pasado el plazo legal.

Los defensores de los derechos de las mujeres militan para extender este plazo a 24 semanas, alegando que las víctimas de violación no se precipitan a declarar un embarazo

Según el periódico Indian Express, la madre de la niña desea que el sospechoso sea puesto en libertad, argumentando que se ha excusado y que ella tiene otros menores a su cargo.

MVS

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Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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