Una vez terminado el periodo para presentar las declaraciones anuales, todas las empresas o personas morales, así como las personas físicas con actividad empresarial que tienen personal subordinado a su cargo, tienen la obligación de entregar la parte de la utilidad generada por la empresa que le corresponde a los trabajadores, también conocida como PTU. Lo anterior de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).
De acuerdo con Mirna Ortega, Gerente de Servicios y Especialista en Nómina y Seguridad Social en la empresa Software SICOSS, señala que el pago de la PTU debe hacerse en los 60 días posteriores a la declaración del Impuesto Sobre la Renta anual (Art. 122 LFT) de la compañía; impuesto que debió haberse presentado como máximo en los tres meses siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal (Art. 10 LISR) de la compañía.
Si sus empresas son personas morales, la PTU deberá pagarse a los colaboradores en el mes de mayo; o bien, en junio si son personas físicas. Asimismo, “en caso de incumplimiento con los plazos establecidos las empresas se harían acreedoras a una multa que oscila entre 250 a 5000 UMAs equivalentes a $18,872 pesos como mínimo y $377,450 pesos máximo” destaca la especialista.
Aunque existen empresas de nueva creación, durante el 1er año de funcionamiento; organizaciones de reciente operación, que elaboran un producto nuevo por los dos primeros años de actividad; la industria extractiva reciente, por el periodo de exploración; instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines de beneficencia, asistenciales y culturales que quedan exentas de este pago.
Afortunadamente, las empresas pueden optimizar tiempo y recursos, así como cumplir a tiempo y en forma con la ley, al generar un cálculo de la PTU libre de errores y emitir el reporte de proyecto PTU – documento exigido por la LFT y que deberá publicarlo a los trabajadores – con el uso de modernas herramientas tecnológicas como Software SICOSS, un innovador sistema 100% mexicano que ofrece soluciones apegadas a la legislación de la nómina mexicana.
“Un correcto proceso de la PTU, permite que la organización gane una imagen sólida como empresa socialmente responsable, protege su reputación ante el cliente interno (trabajadores) y externo (proveedores, acreedores e instituciones fiscalizadoras), así como también mejorará su relación con los empleados y lo más importante, evitará desembolsos innecesarios, ahorrando mucho dinero evitando el pago de multas”, continúa Mirna Ortega.
La especialista citó algunos de los casos que, de acuerdo con el Art. 126 de la LFT se exceptúan de repartir PTU: Empresas de nueva creación, durante el 1er año de funcionamiento (plazo contado a partir de la fecha de alta en la SHCP), organizaciones de reciente operación que elaboran un producto nuevo, por los dos primeros años de actividad; industria extractiva reciente por el periodo de exploración; instituciones de asistencia privada sin fines de lucro y el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines de beneficencia, asistenciales y culturales.
Finalmente, Mirna Ortega, invitó a las personas morales y físicas con actividad empresarial a cumplir en tiempo y forma con esta responsabilidad patronal, pues además de ser un derecho contenido en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un importante elemento de motivación y reconocimiento al esfuerzo de todos los colaboradores.
Para conocer más sobre cómo optimizar este proceso ingresa a www.softwaresicoss.com.mx CINCO REGLAS para determinar el cálculo de la PTU:
El monto a repartir se divide en dos partes iguales, comprendiendo el número de días laborados y la percepción salarial devengados en el año (Artículo 123 LFT).
La base anual de días laborados debe descontar permisos sin goce de sueldo, ausentismos (justificados o injustificados), suspensiones e incapacidades por enfermedad general (Artículo 124 LFT). No se incluyen incapacidades por riesgo de trabajo ni maternidad (pre y post natales), ya que se consideran como trabajadores en activo (Artículo 127-IV).
No se tiene que incorporar al cálculo a los directores, gerentes o administradores generales (Artículo 127-I LFT); los asimilados a sueldos y a profesionales, técnicos, artesanos y otros que, en forma independiente, prestan sus servicios a una empresa. También a empleados eventuales con menos de 60 días laborados y trabajadores domésticos.
El tope del salario base para los trabajadores de confianza, se calculará tomando el salario más alto del trabajador sindicalizado más un incremento del 20% (Artículo 127-II LFT). En caso de no existir la categoría de sindicalizados, se determinará el sueldo mayor del trabajador de confianza.
Trabajadores con retribución variable, se calculará la PTU en base a un salario diario obtenido del promedio de las percepciones obtenidas en el año. La PTU no cobrada del ejercicio anterior se adicionará a la utilidad repartible del siguiente ejercicio (Art. 122 LFT) y este derecho preescribe en un año (Art. 516 LFT) y ante caso de muerte del trabajador, los familiares tienen derecho a cobrar el importe pertinente (Art. 115 LFT).
Vicente Carrillo Fuentes, alias El Viceroy, ex líder del Cártel de Juárez, mantiene negociaciones con el gobierno de Estados Unidos a casi año y medio de su traslado a una cárcel de Nueva York.
Este martes 28 de julio, se llevó a cabo una audiencia ante la jueza Joan M. Azrack, en donde se sumó un nuevo plazo de 90 días para continuar con las conversaciones con la defensa del ex líder del Cártel de Juárez.
Con esto se dio a conocer que se programó la próxima audiencia para el 20 de octubre de este año, y que El Viceroy renunciaba a enfrentar un juicio rápido en la Corte de Distrito Este de Nueva York.
Mientras se mantiene este proceso, Vicente Carrillo Fuentes se mantendrá en prisión. Cabe destacar que está acusado de delitos ligados al narcotráfico y lavado de dinero.
¿Quién es El Viceroy?
Vicente Carrillo Fuentes, alias El Viceroy,heredó el Cártel de Juárez en 1997, luego de que su hermano, Amado Carrillo Fuentes,conocido como El Señor de los Cielos, muriera en medio de una cirugía plástica. En ese momento el Cártel de Juárez era una de las organizaciones narcotraficantes más poderosas de México.
Nació en Novolato, Sinaloa. Junto a él, Juan José Esparragoza, alias El Azul, quien más tarde formaría parte del Cártel de Sinaloa,tomó el control del Cártel de Juárez en 1997.
Desde el 16 de agosto del año 2000, El Viceroy fue buscado por el Buró Federal de Investigaciones de Estados Unidos (US Federal Bureau of Investigations, FBI) luego de que un jurado federal del estado de Texas lo acusara de homicidio, narcotráfico y lavado de dinero. El gobierno estadounidense ofrecía hasta 5 millones de dólares de recompensa por información que diera con su paradero.
El Cártel de Juárez se encargaba de transportar múltiples toneladas de cocaína provenientes de Colombia hacia Estados Unidos, pasando por México. Durante el liderazgo de Amado Carrillo Fuentes, el Cártel de Juárez mantuvo la hegemonía sobre este negocio gracias a sus vínculos con autoridades federales mexicanas, mismas que les ofrecían protección.
Vicente continuó con el traslado de droga de una manera más modesta, pero en un contexto más violento.
Hasta el 2004, el Cártel de Juárez estuvo aliado con el Cártel de Sinaloa, cuando el líder de este grupo, Joaquín El Chapo Guzmán, presuntamente ordenó el asesinato de Rodolfo Carrillo Fuentes, hermano de El Viceroy. Tras esto, este devolvió el ataque ordenando la muerte de El Chapo Guzmán, quien estaba preso.
Amado Carrillo, ‘El Señor de los Cielos’, exlíder del Cártel de Juárez (Infobae)
La ruptura de la alianza entre ambos cárteles desató una violenta guerra de varios años enCiudad Juárez, en el estado norteño de Chihuahua, principal bastión de Carrillo Fuentes.
Ambos grupos se enfrentaron por el control del mercado y de las rutas del narcotráfico. Desde el 2007, El Viceroy también enfrentó al Cártel de Golfo. Este conflicto hizo a Ciudad Juárez la ciudad más violenta del mundo por varios años, lo que dejó un saldo de, por lo menos, 8 mil muertos.
Para enfrentar al Cártel de Sinaloa y a su grupo de sicarios, conocido como Gente Nueva, El Viceroy se valió de un brazo armado conocido como La Línea y del Barrio Azteca, un grupo criminal con base en Estados Unidos.
Pero estos no fueron suficientes para derrotar al Cártel de El Chapo Guzmán, pues presuntamente contaba con apoyo de autoridades federales, y logró debilitar al Cártel de Juárez e incrementar su propio poder.
El Viceroy, debido a su aparente derrota, cambió su apariencia, su nombre y se trasladó a Torreón, en Coahuila, donde fue capturado el 9 de octubre de 2014. Fue condenado a 28 años de prisión por la Fiscalía General de la República (FGR) en junio de 2015.
En un juicio de amparo del año siguiente, se le concedió protección constitucional, sin embargo, siguió en prisión. En 2017 se le volvió a dictar prisión formal.
Estuvo en Puente Grande, en Jalisco, hasta el 27 de febrero de 2025, cuando fue trasladado a Estados Unidos junto a otros 28 narcotraficantes mexicanos de alto perfil.