Conecta con nosotros

México

Pondrán GPS a policías para evitar tortura; avanza ley en el Senado

El Senado aprobó en comisiones la primera ley contra la tortura, que obliga a los policías a utilizar un dispositivo satelital para monitorear la detención de un presunto delincuente, su traslado y presentación ante el Ministerio Público.

También creará el Mecanismo Nacional de Prevención, integrado por expertos independientes que formarán parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), para hacer visitas sorpresa a cualquier centro de reclusión, incluidos los de tipo militar.

Con la nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes se castigará hasta con tres años de cárcel a los integrantes de los cuerpos policiacos y funcionarios públicos de todos los niveles que traten de manera inhumana o degradante, incluso con ofensas verbales, a los detenidos no violentos.

La legislación no considera tortura los sufrimientos físicos o sicológicos causados por medidas legales o las inherentes o accidentales a éstas, así como por el uso legítimo de la fuerza.

Vigilarán labor policial mediante uso de GPS

La nueva ley, aprobada por el Senado en comisiones, incluye penas para funcionarios públicos.

El Senado aprobó en comisiones la primera ley contra la tortura que incluye la obligación del uso de GPS para los policías que realicen detenciones, con el objetivo de controlar los tiempos hasta que los agentes presenten al aprehendido ante el ministerio público y evitar con ello que incurran en actos de tortura.

Además, crea el Mecanismo Nacional de Prevención, integrado por expertos independientes, que formarán parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y que podrán visitar, sin previo aviso, cualquier centro de reclusión, incluidos los de tipo militar.

De igual forma, castigarán con penas de tres meses hasta tres años a los cuerpos policiacos y a funcionarios públicos que traten de manera inhumana o degradante, incluso con ofensas verbales, a los detenidos que no generen violencia alguna.

Aprobada por unanimidad por todas las fuerzas políticas, luego de casi 24 horas de negociación con el gobierno federal y con el Ejército mexicano, la nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, tipifica dos tipos penales, como la ONU, a fin de permitir una mejor aplicación de la justicia.

Destaca que “al servidor público que en el ejercicio de su encargo, como medio intimidatorio, como castigo o por motivos basados en discriminación, veje, maltrate, degrade, insulte o humille a una persona, se le aplicará una sanción de tres meses a tres años de prisión y hasta 200 días de multa”.

Esta disposición aplicará a los cuerpos policiacos y a los funcionarios de todos los niveles que procedan sin justificación alguna a vejar o a degradar a otra persona.

Aclara que “no se considerará tortura los dolores o sufrimientos físicos o psicológicos que sean únicamente consecuencia de medidas legales impuestas por autoridad competente, o las inherentes o incidentales a éstas, o de las derivadas del uso legítimo de la fuerza, de conformidad con lo previsto en la legislación nacional e internacional aplicable”.

Además de coordinarla con el Protocolo de Estambul, que se usa a nivel internacional para la investigación de tortura y tratos crueles, desarrolla la forma en que las autoridades de todos los niveles de gobierno tienen que trabajar para evitar la comisión de estos delitos.

Dispone, en el artículo 63, que “los agentes de las Instituciones de Seguridad Pública que realicen detenciones deberán contar con un dispositivo electrónico de localización geofísica en tiempo real, que deberá estar en funcionamiento a partir del momento de la detención y hasta la puesta a disposición de la persona detenida; mediante el cual deberán realizar un Reporte Administrativo de manera inmediata al Centro Nacional de Información, a través del Informe Policial Homologado”.

Esta nueva ley establece un plazo máximo de dos años para que los cuerpos policiacos cuenten con este dispositivo.

Otra innovación es la creación del Mecanismo Nacional de Prevención, que será parte de la CNDH y contará con un Comité Técnico, integrado por expertos independientes, que podrá “acceder, en cualquier momento, sin aviso previo ni restricción alguna, a todos los lugares de privación de libertad, en términos de lo establecido en la Ley Nacional de Ejecución Penal”; es decir, incluye a los centros militares.

Esos expertos podrán entrevistarse libremente con cualquier persona privada de la libertad o con el personal que labore en los lugares de privación de libertad, las ocasiones y el tiempo que sea necesario, en total privacidad, si así se requiere.

 

 

 

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto