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México

Prevén onda de calor y lluvias en la mayor parte del país

Este jueves una onda de calor continuará afectando con temperaturas máximas superiores a 35 grados Celsius 26 entidades del país, informó el Servicio Meteorológico Nacional (SMN).

El organismo agregó que también se esperan lluvias de diferente intensidad en la mayor parte del territorio nacional.
Se estiman temperaturas máximas de 40 a 45 grados Celsius en regiones de Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Michoacán, Guerrero, Hidalgo y Veracruz.

Y de 35 a 40 grados Celsius en áreas de Baja California, Colima, Oaxaca, Durango, Coahuila, Nuevo León, Zacatecas, San Luis Potosí, Guanajuato, Querétaro, Morelos, Tamaulipas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

En contraste, para la mañana de este jueves, se prevén temperaturas mínimas de 0 a 5 grados Celsius en las montañas de Baja California, Sonora, Chihuahua, Durango, Tlaxcala, Estado de México, Puebla y Veracruz.

Por otro lado, dos canales de baja presión, sobre el interior del país y sobre la Península de Yucatán, favorecerán tormentas muy fuertes en regiones de Chiapas, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

Tormentas locales fuertes en Jalisco, Michoacán y Oaxaca, y lluvias con intervalos de chubascos en zonas de Zacatecas, Aguascalientes, Guanajuato, Guerrero, Puebla, Veracruz y Tabasco.

Así como lluvias aisladas en Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí, Durango, Colima, Querétaro, Hidalgo, Tlaxcala, Estado de México, Ciudad de México y Morelos.

Por otra parte, una zona de inestabilidad, entre los límites de Chihuahua y Coahuila originará rachas fuertes de vientos y posibles tolvaneras en Baja California, Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.

El SMN indicó en su pronóstico por regiones que en la Península de Baja California el cielo estará este jueves parcialmente nublado.

Se espera ambiente muy caluroso durante la tarde, bancos de niebla matutina en la costa oeste y viento del oeste de 20 a 35 km/h con rachas mayores a 60 km/h con posibles tolvaneras a lo largo de la península.

En el Pacífico Norte se espera cielo parcialmente nublado, viento del oeste de 25 a 40 km/h con rachas mayores a 50 km/h con posibles tolvaneras en Sonora y ambiente muy caluroso en la región.

Para el Pacífico Centro se estima cielo medio nublado la mayor parte del día, tormentas puntuales fuertes vespertinas con descargas eléctricas y caída de granizo en Jalisco y Michoacán, además de lluvias aisladas en Colima.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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