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Propone Consejo Consultivo institucionalizar políticas de la Sindicatura de Chihuahua

Existe preocupación por asegurar la continuidad del trabajo de la actual Sindicatura en próximas administraciones
Se respaldó la implementación de la plataforma de Publicidad Abierta que se desarrolla en conjunto con el INAI
Con el objetivo de revisar y retroalimentar desde un enfoque ciudadano las actividades que realiza la Sindicatura de Chihuahua, se llevó a cabo la reunión mensual entre síndico, Amin Anchondo, y los miembros del Consejo Consultivo de la Sindicatura, en la que acordaron ejecutar acciones que permitan institucionalizar las políticas y los logros alcanzados hasta ahora por el actual equipo de trabajo.

Algunos consejeros expresaron su preocupación por asegurar la continuidad del trabajo de la actual Sindicatura en próximas administraciones. En este sentido, se destacó la importancia de mantener la información disponible en la plataforma Sindicatura.mx y que se continúen con esfuerzos como el de Mapeando la Corrupción y la Plataforma de Publicidad Abierta, misma que está próxima a presentarse.

“Tenemos que asegurar el cumplimiento de las actividades que han venido desarrollando en la Sindicatura una vez que Amin culmine su gestión como síndico, por lo que desde la perspectiva ciudadana el CODER se compromete en seguir vigilando que se cumplan las funciones”. expresó Luis Oliver Torres, representante del Consejo para el Desarrollo Económico del Estado de Chihuahua (CODER).

Dicho comentario fue apoyado por los demás miembros, incluido el ingeniero Juan Carlos Montaño, quien preside el Consejo Consultivo de la Sindicatura y es integrante de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) Chihuahua.

En el marco de la reunión, el Consejo Consultivo también realizó comentarios puntuales a lo que será el Octavo Informe Trimestral de Actividades en el marco del segundo año de la administración, el proyecto de Publicidad Abierta, así como a los cambios al Reglamento de Participación Ciudadana el cual propone únicamente 10 contralores sociales para todo el municipio.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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