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México

Provocará el frente frío 31 lluvias y frío en el país

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) reportó que el frente frío número 31, asociado con una vaguada en altura, se desplazará por el litoral del Golfo de México y Península de Yucatán, lo que favorecerá potencial de lluvias y tormentas fuertes en dichas regiones.

En el anuncio más reciente del organismo dependiente de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), también pronosticó que una masa de aire frío asociada al frente mantendrá ambiente muy frío, con heladas, en los estados del norte y centro del país, densos bancos de niebla en zonas serranas del noreste y oriente de la República Mexicana.

Así como un evento de «Norte» intenso en el Golfo de México, litoral de la Península de Yucatán, Istmo y Golfo de Tehuantepec.

Además, se prevé potencial de lluvia engelante en cimas montañosas con altitudes superiores a tres mil 500 metros del Estado de México y posible cencellada en cimas montañosas de Puebla y Veracruz.

Mientras en su registro por regiones, el SMN estableció para la Península de Baja California cielo parcialmente nublado, ambiente frío durante la mañana en Baja California.

Además de viento del norte y noroeste de 15 a 30 kilómetros por hora con rachas mayores a 40 kilómetros por hora en la región, incluido el Golfo de California.

Cielo parcialmente nublado. Ambiente frío por la mañana. Viento del norte y noreste de 20 a 35 kilómetros por hora con rachas, es lo que se espera este domingo en el Pacífico Norte.

En el Pacífico Centro se prevé cielo parcialmente nublado durante el día, sin lluvia. Ambiente frío por la mañana y caluroso en la tarde, con viento del este de 15 a 30 kilómetros por hora, así como rachas de 40 kilómetros por hora en Jalisco.
Para el Pacífico Sur se pronostica cielo nublado con tormentas puntuales muy fuertes en Oaxaca y Chiapas así como lluvias aisladas en Guerrero.

A lo que se sumará ambiente frío y bancos de niebla en zonas altas y evento de «Norte» con rachas mayores a 100 kilómetros por hora en el Istmo y Golfo de Tehuantepec.

En el Golfo de México se estima cielo nublado con tormentas fuertes en Veracruz y Tabasco, así como lluvias aisladas en Tamaulipas.

Esto se complementará con ambiente muy frío con posible caída de aguanieve en cimas montañosas por arriba de los tres mil 500 metros. Densos bancos de niebla y neblina además de evento de «Norte» con rachas superiores a 60 kilómetros por hora en Tamaulipas; mayores a 80 kilómetros por hora en Tabasco y por arriba de 90 kilómetros por hora en el litoral de Veracruz.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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