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México

Publica INE Convocatoria para Manifestación de Intención de Candidaturas Independientes a Presidencia, Diputaciones y Senadurías

El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió la Convocatoria para el registro de Manifestación de Intención de la ciudadanía interesada en postularse, bajo la figura de candidatura independiente, a la Presidencia de la República, Senaduría y Diputación Federal por el principio de Mayoría Relativa, en el Proceso Electoral Federal 2017-2018 iniciado el 8 de septiembre pasado.

Quienes pretendan postularse a alguno de los cargos mencionados y contender en la Jornada Electoral del 1 de julio de 2018, deben presentar su Manifestación de Intención a partir de mañana, 11 de septiembre.

En el caso de la Presidencia de la República, la fecha límite para presentar su documentación es el 8 de octubre y tendrán que hacerlo ante la Secretaría Ejecutiva del INE.

Para la Senaduría, el plazo vence el 9 de octubre, y los trámites deberán realizarlos en Vocalía Ejecutiva de Junta Local del Instituto que corresponda a su entidad; mientras, para la Diputación Federal, será ante Vocalía Ejecutiva de Junta Distrital del Instituto, a más tardar el 4 de octubre próximo.

La Manifestación de Intención tiene que dirigirse a la instancia señalada y presentarla por escrito, en original, con firma autógrafa del interesado.

Resulta indispensable proporcionar una cuenta de correo electrónico, así como el tipo de cuenta de usuario para autenticarse a través de Google o Facebook, toda vez que será fundamental para el acceso a la aplicación informática que deberá utilizarse para recabar el apoyo ciudadano.

Entre los requisitos que deben acompañar la Manifestación de Intención están, entre otros: Copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil integrada, al menos, por la o el aspirante, su representante legal y la o el encargado de la administración de los recursos de la candidatura independiente.

Además de presentar cualquier documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que conste el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la Asociación Civil; copia simple del contrato de la cuenta bancaria aperturada a nombre de la Asociación Civil, en la que se recibirá el financiamiento privado y, en su caso, público por gastos de campaña.

De resultar procedente la Manifestación de Intención, esta autoridad electoral expedirá y entregará la constancia correspondiente en el domicilio señalado por el interesado para oír y recibir notificaciones.

Las fechas para la expedición de estas constancias es la siguiente: Presidencia de la República, 9 de octubre y, en caso de presentarse el último día y exista requerimiento, será hasta el 13 de octubre del año en curso; para la Senaduría, será el 10 de octubre y, de existir requerimientos, el 14 de octubre; mientras que para la Diputación, el 5 de octubre, o el 11 de octubre de mediar requerimiento. Para conocer más sobre las Candidaturas Independientes, visita la liga del INE: http://www.ine.mx/candidaturasindependientes

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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