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Quién es culpable: SFP deberá entregar la lista de personas sancionadas por el caso Odebrecht

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El caso Odebretch en México vuelve al ojo público, luego de que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Función Pública (SFP) para que a la brevedad, busque entregue los documentos que den cuenta de las personas físicas y morales sancionadas en el mismo.

Pero no es todo, pues dentro de los mismos documentos deberá dar cuenta de las personas relacionadas entre el 1 de enero de 2015 y el 15 de febrero de 2021, su razón social, así como el tipo de sanción y fecha en que fue impuesta, precisando, en el caso de las multas, si se cubrieron o no.

Al presentar el caso ante el Pleno, el Comisionado Oscar Guerra Ford expuso que, a nivel mundial, diversos servidores públicos han sido sancionados por el caso Odebrecht, como el Vicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, sentenciado a seis años de prisión en 2017, y el ex Gobernador de la región andina de Áncash, en Perú, César Álvarez, sentenciado a ocho años y tres meses de cárcel en 2019.

Y para ejemplificar el tema en México, reveló que a partir de abril de 2020, las empresas Odebrecht Ingeniería & Construcción Internacional S.A. de C.V. y Constructora Norberto Odebrecht S.A. fueron inhabilitadas para participar en contrataciones públicas de carácter federal.

En este contexto, recordó que en mayo de 2019, la Secretaría de la Función Pública impuso una sanción a Emilio Lozoya Austin, ex director general de Petróleos Mexicanos. Ésta fue su inhabilitación por 10 años para su desempeño en cargos públicos, además de las investigaciones en su contra que actualmente realiza Fiscalía General de la República.

La Secretaría de la Función Pública impuso una sanción a Emilio Lozoya Austin, ex director general de Petróleos Mexicanos: su inhabilitación por 10 años para su desempeño en cargos públicos (Foto: Ben STANSALL / AFP)La Secretaría de la Función Pública impuso una sanción a Emilio Lozoya Austin, ex director general de Petróleos Mexicanos: su inhabilitación por 10 años para su desempeño en cargos públicos (Foto: Ben STANSALL / AFP)

La solicitud de acceso a la información

El caso inició cuando un ciudadano intentó pedir toda la información antes descrita, pero la SFP señaló que no localizó un documento con las características y el nivel de detalle requerido.

Sin embargo, la Dirección de Transparencia y Gobierno Abierto, informó que se han impuesto más de una docena de sanciones a exfuncionarios, personas físicas y empresas, que han derivado en inhabilitaciones hasta por 10 años en el servicio público y sanciones económicas que ascienden a más de mil 639 millones de pesos, sin resolución firme.

Asimismo, la dependencia indicó que tiene investigaciones y procedimientos de responsabilidad administrativa en curso y, como dato adicional, refirió la inhabilitación de un funcionario de alto nivel en Petróleos Mexicanos (Pemex).

Tras el análisis del caso, el Comisionado Guerra Ford determinó que la Función Pública no llevó a cabo el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia, pues “no consultó a todas las unidades administrativas competentes para conocer la información solicitada.”

Fotografía de la sede de la constructora Odebrecht en Sao Paulo (Brasil). EFE/Sebastião Moreira/Archivo
Fotografía de la sede de la constructora Odebrecht en Sao Paulo (Brasil). EFE/Sebastião Moreira/Archivo

Se comprobó que, además cuentan con la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Responsabilidades de Petróleos Mexicanos, la Dirección de Registro de Sancionados, y a la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial, las cuales “cuentan con facultades para representar legalmente a la SFP, sustanciar procedimientos de responsabilidades administrativas e imponer las sanciones.”

También, se advirtió que la interpretación de la solicitud de información fue restrictiva, pues, “si bien la dependencia no contaba con un documento único para atender el requerimiento, está obligada a identificar las distintas expresiones documentales para dar respuesta.”

Se concluyó la SFP debe tener registros, documentos y expedientes sobre las sanciones y multas impuestas, por tanto, no es posible validar el pronunciamiento de que no localizó un documento específico.

Bajo estas consideraciones, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de la Función Pública y le instruyó hacer una búsqueda en sus archivos físicos y electrónicos, con un criterio amplio, en todas las áreas competentes, sin omitir a las antes señaladas, a fin de que proporcione al particular los documentos que contengan la información requerida.

México

Vinculan a proceso a Ernesto Ruffo Appel por huachicol fiscal y seguirá recluido en el Altiplano

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La jueza federal Alejandra Ramírez de la Vega vinculó a proceso al exgobernador de Baja California Ernesto Ruffo Appel y a siete personas más por su probable participación en delincuencia organizada y contrabando de hidrocarburos mediante ferrocarril. La Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada presentó datos que la juzgadora consideró suficientes para avanzar con el proceso; lo que todavía no está determinado es su culpabilidad ni una posible sentencia.

La resolución fue emitida después de una audiencia que se prolongó por más de 30 horas en instalaciones del Poder Judicial de la Federación anexas al Centro Federal de Readaptación Social número 1, conocido como el Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México. La diligencia fue encabezada por Ramírez de la Vega, jueza de control adscrita al Centro de Justicia Penal Federal de esa localidad.

¿Qué significa que Ernesto Ruffo fue vinculado a proceso?

La vinculación a proceso significa que la jueza encontró datos que permiten considerar, en esta etapa inicial, que pudo haberse cometido un delito y que existe una probabilidad de participación de las personas imputadas.

El artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que para dictar esta resolución debe haberse formulado la imputación, otorgado al acusado la posibilidad de declarar y presentado datos sobre un hecho señalado como delito. También se requiere que no exista una causa que extinga la acción penal o excluya el delito.

La decisión no determina que Ruffo o los demás acusados sean responsables. Los datos utilizados para vincularlos tampoco pueden convertirse automáticamente en las pruebas de una sentencia. Durante la investigación complementaria, la Fiscalía deberá fortalecer su acusación, mientras las defensas podrán presentar documentos, peritajes y testimonios para controvertirla.

¿Cómo habría operado la red de huachicol ferroviario?

La FEMDO sostiene que Ruffo y sus coacusados habrían diseñado un esquema de simulaciones mediante 11 empresas. El objetivo habría sido introducir ilegalmente a México 18 millones 225 mil 657 litros de gasolina y diésel transportados en 163 carrotanques ferroviarios.

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