Chihuahua
Reforma Congreso la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado
Con la finalidad de dotar de un mayor y mejor equilibrio a los Poderes de la Entidad, el Congreso del Estado reformó, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
Lo anterior a razón del interés de que la sociedad cuente con un sistema judicial que permita a sus ciudadanos acceder a una justicia pronta y expedita como parte de uno de los derechos más importantes e inherentes al ser humano.
Así como para fortalecer el funcionamiento del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, situación que ineludiblemente se debe normar a partir de una actualización a su marco jurídico, de forma específica en los contenidos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Cabe recordar que con fecha 22 de septiembre del año 2016, se aprobó por este Órgano Colegiado una reforma a la Constitución Política del Estado de Chihuahua, a efecto de modificar de manera determinante el proceso de nombramiento de los integrantes del Poder Judicial.
Se considera la oportunidad de renovar por un lado, el procedimiento de designación de Jueces del Poder Judicial del Estado, así como también revertir aquellos aspectos de la Ley, tales como la opacidad respecto de cómo deben realizarse los concursos de oposición para seleccionar jueces, y la omisión de la reglamentación que a la postre garantice que el ingreso al Poder Judicial deba ser en principio profesional, imparcial, por méritos.
Se argumentó que en las últimas designaciones de Magistrados se incorporaron personas sin el perfil, conocimientos, méritos suficientes, ni la carrera judicial que se requiere para realizar esta función, además se eliminó dentro del proceso el examen de conocimientos y en la selección de candidatos a formar parte de las ternas no hubo transparencia, por lo que no se cumplió con los estándares internacionales considerados.
Por lo antes expuesto es que se emite el siguiente Decreto:
Artículo Único.-Se reforman los artículos 7, en su fracción I y penúltimo párrafo, 44, 128, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186 y 187; así como se derogan los artículos 6, 8, 9, 10, 68, 129 y 130 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
De los artículos transitorios destacan:
· El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
· El período del actual presidente concluye al entrar en vigor el presente Decreto, por lo que el Pleno sesionará dentro de las siguientes cuarenta y ocho horas para hacer la designación del Presidente. Las funciones de Presidente, inmediatamente después de que entre en vigor este decreto, serán asumidas por la persona de mayor antigüedad en el cargo de magistrado, quien se encargará de convocar al Pleno y realizar la sesión en la que se elija al nuevo Presidente del Tribunal. En caso de que, por cualquier razón, no se lleve a cabo la designación de presidente dentro de las cuarenta y ocho horas, el magistrado decano, es decir, el de mayor antigüedad en el cargo, asumirá la presidencia por el tiempo que sea necesario y hasta que la elección del nuevo Presidente se realice.
· Cualquier proceso de selección de jueces que se esté llevando a cabo en el momento de iniciación de la vigencia del presente decreto, deberá reponerse para el efecto de que se dé cumplimiento absoluto a lo dispuesto en este decreto.
· Con relación al Instituto de Servicios Previos al Juicio, para su óptimo funcionamiento se tomarán las previsiones financieras necesarias dentro del presupuesto de egresos.
· El Ejecutivo del Estado continuará desempeñando las funciones que le fueron atribuidas, hasta quedar integrado el Instituto de Servicios Previos al Juicio en su totalidad.
· Realícense las gestiones y medidas a que haya lugar para que el presente Decreto se publique de manera urgente en el Periódico Oficial del Estado en los términos de las disposiciones que resulten aplicables.
· Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Chihuahua
César Jáuregui será trasladado al penal del Altiplano por traición a la patria
Aunque un juez de Chihuahua le permitió enfrentar su proceso estatal en libertad, el exfiscal permanecerá detenido por una orden federal y será trasladado al Estado de México.
El exfiscal general del Estado, César Jáuregui Moreno, será trasladado al Centro Federal de Readaptación Social número 1, conocido como El Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México, para enfrentar una acusación federal por el presunto delito de traición a la patria.
La información fue confirmada por su abogado defensor durante una entrevista con N+ FORO, luego de concluir la audiencia celebrada este domingo 18 de octubre en Chihuahua.
Pese a que un juez estatal determinó que Jáuregui podía enfrentar en libertad su proceso por ejercicio ilegal del servicio público y coalición, la orden de aprehensión emitida por una jueza federal impidió su liberación.
Una orden federal cambió su situación
De acuerdo con su defensa, la jueza responsable del procedimiento federal solicitó expresamente que Jáuregui fuera presentado en el penal del Altiplano para continuar con las actuaciones judiciales correspondientes.
Inicialmente existía la posibilidad de que permaneciera en Chihuahua y compareciera mediante mecanismos electrónicos. Sin embargo, un oficio presentado por agentes ministeriales estableció que debía ser trasladado e internado en el centro penitenciario federal.
El abogado reconoció que todavía no ha tenido acceso a las constancias de la investigación federal y que únicamente conoce el delito que se le atribuye.
El caso de los agentes estadounidenses
La acusación federal está relacionada con un operativo realizado en abril pasado en la comunidad de El Pinal, municipio de Morelos, Chihuahua, donde presuntamente participaron agentes de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos sin la autorización correspondiente.
Tras aquella intervención se registró un accidente en el que murieron dos estadounidenses y dos integrantes de la Fiscalía de Chihuahua.
La Fiscalía General de la República sostiene que Jáuregui habría permitido la participación irregular de personal extranjero en actividades de seguridad reservadas a las autoridades mexicanas, hechos que considera posiblemente constitutivos de traición a la patria.
Dos procesos judiciales diferentes
En el procedimiento estatal, el juez impuso medidas cautelares como la presentación periódica, la entrega de documentos migratorios y la prohibición de acercarse a testigos.
Sin embargo, estas disposiciones no tienen efecto sobre la orden de aprehensión federal, por lo que el exfiscal continuará bajo custodia.
El siguiente paso será su presentación ante la autoridad judicial federal, donde deberá conocer formalmente los hechos específicos que le imputa la FGR y ejercer su derecho de defensa.
Hasta el momento, la información confirmada corresponde a la orden de traslado y no a su llegada efectiva al Altiplano. Tampoco se ha determinado su responsabilidad penal, por lo que conserva la presunción de inocencia.
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