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México

Reportan desabasto de gasolina en 5 entidades

Petróleos Mexicanos (Pemex) aseguró que ha restablecido el suministro de gasolinas en Aguascalientes, Guanajuato y Zacatecas, entidades que reportaron un desbasto en días recientes. Sin embargo, en estados como Querétaro, San Luis Potosí, Coahuila, Durango y Michoacán persiste el problema de desabasto, de los cuales Pemex no tiene un reporte formal.
De acuerdo con la petrolera, desde el pasado martes fue necesario suspender la operación del poliducto Salamanca-León por una toma clandestina que afectó a los tres primeros estados. En entrevista con Milenio Televisión, un empresario gasolinero de Michoacán dijo que desde septiembre comenzó la escasez de combustibles, pero desde hace 10 días el problema se volvió severo. Mauricio Prieto dijo que las pocas reservas con las que contaban ya se agotaron, por lo que piden que el abasto se regularice lo antes posible.
Dijo que la entidad no cuenta con Premium para este fin de semana; en cuanto a la Magna, espera que se surta hoy.

Las explicaciones que les ha dado Pemex es que se está dando mantenimiento a los ductos. En Coahuila, por un aumento de 50 por ciento en el consumo de las gasolinas, tanto por época vacacional decembrina como por regreso de connacionales, se registró su escasez.
Erick Treviño, representante de Comunicación Corporativa Regional de Pemex, dijo que de más de 400 estaciones de servicio que hay en Coahuila, en promedio son ocho las que cada día reportan esa situación y nunca son las mismas; asimismo, en algunas escasea la Magna y en otras la Premium. En Querétaro desde hace varias semanas hay desabasto de gasolina en diversos municipios, principalmente de Premium, y a decir de los empresarios esto es culpa de Pemex, pero la petrolera dice que no es desabasto sino “retraso”.
En la zona metropolitana de San Luis Potosí sigue el problema, por lo que en algunas estaciones hay importantes fi las de vehículos, mientras que en otras se raciona la venta al cerrar los dispensarios por varias horas. En Durango la mayor afectación es por la Magna, que es la más demandada por la población.

Fuente: Milenio

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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