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México

#Histórico Realiza hoy FOVISSSTE la colocación bursátil hipotecaria más alta en la historia de México

En punto de las 11 de la mañana,  en las instalaciones del Banco Actinver, se cerró la subasta de los más de 10,200 millones que el FOVISSSTE  colocó en el mercado, la cual tuvo una respuesta de sobredemanda  de más del doble, específicamente de 2.33 veces.

reyes baezaEl Vocal Ejecutivo del Fondo, José Reyes Baeza,  explicó que dicho monto representa cerca de dos mil millones de UDIS, que al ser  adquiridas por los inversionistas de manera tan inmediata,  reflejan la confianza del mercado al recurrir a esta estrategia financiera, cuyo único propósito es beneficiar al propio Fondo de la Vivienda de los trabajadores al servicio del Estado.

El funcionario agregó que fue la Sociedad Hipotecaria Federal, la institución que dio el respaldo para  dicha emisión a través de su garantía de pago oportuno,  y que  la suma de esfuerzos va acorde con las políticas establecidas por el Presidente de la República, Lic. Enrique Peña Nieto, en cuanto a  fortalecer el otorgamiento de créditos para la adquisición de vivienda impactando de manera directa a la industria de la construcción en el país.

152804_DAMR_8782Reyes Baeza aseguró que esta emisión es una de las nuevas formas de potenciar el financiamiento de créditos hipotecarios y de ninguna manera pone en riesgo los recursos de los trabajadores.

Finalmente enfatizó que con más ingresos administrados con responsabilidad  y transparencia se podrán ampliar las metas de crecimiento del programa de crédito 2015.

ANEXO TÉCNICO.

Resultados de la subasta de la primera emisión 2015 de certificados bursátiles fiduciarios TFOVICB 15U.

El día de hoy de 10:00 a 11:00 horas se llevó a cabo la subasta pública de la primera emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios 2015, denominados TFOVICB 15U, por un importe de 1,925,950,600 (Mil novecientos veinticinco millones novecientos cincuenta mil seiscientas) UDIS, equivalente a $10,237,118,255.20 (diez mil doscientos treinta y siete millones ciento dieciocho mil doscientos cincuenta y cinco pesos 20/100 M.N.) y 19,259,506 títulos asignados. Cabe señalar que se trata de la mayor emisión de CBF’s respaldados por hipotecas de México y se tuvo una sobredemanda 2.33 veces el monto convocado, con 102 posturas recibidas y 65 asignadas.

Esta subasta tuvo la participación de inversionistas como Afore XXI, BANAMEX, FIRA, NAFINSA; Metlife e INFONAVIT y derivado de la estructura, ha despertado el interés del mercado internacional ya que contamos con la participación de un inversionista extranjero (Sudamérica), por lo que este es el detonador para utilizar la plataforma EUROCLEAR de manera recurrente en las siguientes emisiones .

Los TFOVIS devengarán intereses sobre su valor nominal a una tasa de interés bruta anual de 3.21 % (tres punto veintiuno por ciento), la cual se mantendrá fija durante la vigencia de la Emisión y un spread de 98 pbs. sobre el Udibono 2019.

Esta emisión cuenta con las más altas calificaciones crediticias otorgadas por Standard & Poor’s S.A. de C.V. (mx AAA); Fitch México, S.A. de C.V. (AAA mex vra); Moody’s de México, S.A. de C.V. ( Aaa.mx (sf) y HR Ratings de México (HR AAA (E) .

La Emisión de CBF’s, se efectuó en virtud de la celebración del Contrato de Fideicomiso 2422 de fecha 27 de abril de 2014, celebrado por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a través de su Fondo de Vivienda, en su carácter de Fideicomitente, y Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero en su carácter de Fiduciario Emisor, con la comparecencia de Deutsche Bank México, S.A., Institución de Banca Múltiple, División Fiduciaria, como representante común de los Tenedores y Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo como garante.

El saldo de la cartera a la fecha de corte (28 de febrero de 2015) fue de $11,903,626,080 (once mil novecientos tres millones seiscientos veintiséis mil ochenta pesos 00/100 m.n.). El número de créditos cedidos de la cartera fue de 22,224.

Los Créditos Hipotecarios que respaldan los Derechos de Crédito que conforman el Patrimonio del Fideicomiso son administrados por FOVISSSTE y a la Fecha de Corte cuentan con las características que se mencionan a continuación:

Esta es la colocación número 24 de CBF’s realizada por el FOVISSSTE, de un programa de colocaciones para 2015 de 16,000,000 (dieciséis mil millones de pesos).

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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