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México

Se declaran culpables ocho mexicanos por tráfico sexual de menores

Ocho personas de origen mexicano se declararon aquí culpables de participar en un esquema para la prostitución forzada de mujeres y niñas, informó el Departamento de Estado.

En un comunicado, la dependencia explicó que se trata de siete hombres y una mujer que llevaban a sus víctimas de México a Estados Unidos.

Los ocho acusados comparecieron ante una corte federal de Nueva York y aceptaron su culpabilidad en delitos relacionados con tráfico sexual, crimen organizado y lavado de dinero.

La fiscalía del Distrito Este de Nueva York detalló que durante más de una década los acusados contrabandearon a sus víctimas a Estados Unidos para forzarlas a dedicarse a la prostitución.

Las autoridades señalaron que las ganancias eran enviadas a México, donde la red criminal «lavaba» dichos recursos.

Cinco de los acusados fueron detenidos en México en 2015 y luego extraditados, mientras los otros tres fueron arrestados el mismo año en Estados Unidos, de acuerdo con el Departamento de Justicia.

Los acusados son miembros de una familia de apellidos Rendón Reyes y sus edades oscilan entre los 28 y 47 años.

Según los documentos presentados ante el tribunal, los acusados reclutaron a mujeres y niñas de México con falsas promesas, las introdujeron de contrabando a Estados Unidos y las prostituyeron en Nueva York y Georgia.

Durante sus audiencias, los ocho acusados admitieron de manera colectiva participar en el tráfico sexual de nueve mujeres y dos niñas, así como en la prostitución de una duodécima mujer.

Cada acusado enfrenta una condena máxima de cadena perpetua, además de que deberá pagar restitución a las víctimas.

“El Departamento de Justicia se ha comprometido a llevar ante la justicia a cualquier persona que se dedique al abominable crimen de la trata de personas”, señaló el procurador general de Justicia, Jeff Sessions.

El funcionario agradeció a las autoridades mexicanas por trabajar en estrecha colaboración con Estados Unidos a fin de desmantelar las redes de tráfico y proteger vidas inocentes.

MVS

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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