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Se registraron 12,511 nuevos casos y 675 muertes por Covid en el último día en México

La tarde de este sábado 11 de septiembre de 2021 las autoridades sanitarias compartieron el informe técnico diario acerca de la presencia del virus SARS-CoV-2 en el país. En ese sentido, confirmaron la existencia de 3,506,743 casos confirmados acumulados, así como 267,524 lamentables defunciones desde el inicio de la pandemia en el país.

En ese sentido, de acuerdo con las cifras, en las últimas 24 horas 12,511 nuevas personas reportaron el cuadro sintomático relacionado con la enfermedad de COVID-19 y dieron positivo al resultado de la prueba. De igual forma, existieron 675 nuevas muertes en el último día.

Acerca de las defunciones confirmadas, las autoridades informaron que en la distribución por sexo predominan las muertes en hombres con el 62%. De igual forma, la mediana de edad es de 64 años. Además, luego de haber cursado por la tercera ola de contagios en el país, la gráfica evidenció un comportamiento notablemente bajo en los fallecimientos a comparación de las dos primeras.

Por otro lado, se estima que al corte del día de hoy existen 99,784 personas que presentaron síntomas relacionados con la enfermedad de COVID-19 en los últimos 14 días. De esa forma, las entidades con mayor número de casos activos por cada 100 mil habitantes son Tabasco, Colima, Ciudad de México, Yucatán y Querétaro. En tanto, Chiapas, Chihuahua, Baja California, Sinaloa y Guerrero tienen los índices más bajos.

En tanto, en el tercer día de la semana epidemiológica número 34 las autoridades informaron sobre la existencia de 3,719,517 casos estimados. Por otro lado, ya son 2,843,949 pacientes que se han recuperado y recibido el alta médica después de haber cursado con algún síntoma relacionado con la enfermedad.

Hasta el día de hoy, 10,181,677 personas han sido notificadas al Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica. Del total de las pruebas de detección aplicadas, 6,170,322 han dado un resultado negativo. Además, la cifra de positivos podría aumentar en las próximas horas debido a que se estima la existencia de 504,612 casos sospechosos totales.

Saturación hospitalaria
En las camas de atención general a nivel nacional, las autoridades confirmaron que 10 entidades reportaron más de la mitad de su ocupación hospitalaria hasta el 10 de septiembre. Además, 14 entidades figuran en la lista de ocupación entre el 30% y el 49 por ciento. En tanto, ocho estados tienen índices menores al 29 por ciento. Las cinco entidades que cuentan con mayor número de camas disponibles son Chihuahua, Chiapas, Campeche, Baja California Sur y Yucatán.

Por otro lado, en las camas equipadas con soporte de ventilación, es decir, para la atención de pacientes de terapia intensiva, se confirmó que Colima (64.48%), Tabasco (61.27%), Veracruz (53.72%) y Nuevo León (51.46%) son los únicos estados con ocupación superior al 50 por ciento. Dieciséis estados se encuentran en el grupo con ocupación entre el 30% y el 49 por ciento, mientras que 12 entidades están debajo del 29% de la ocupación. Quintana Roo, Campeche, Guanajuato, Chiapas y Chihuahua son los estados con mayor disponibilidad.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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