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México

Seguirán las lluvias en gran parte del país ¡Toma precauciones!

El frente frío número 62 (fuera de temporada) se ubicará este viernes sobre el noroeste del Golfo de México, y junto con canales de baja presión en el noroeste y centro del país, mantendrá potencial de lluvias en gran parte del territorio nacional.

De acuerdo con el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), por la tarde una nueva onda tropical se aproximará a la costa oriental de la Península de Yucatán, originando condiciones para lluvias en dicha región.
Asimismo, la onda tropical número 20 dejará de afectar al país, y la onda tropical número 21 se extenderá al sur de las costas de Guerrero.

El SMN pronóstico para este día lluvias intensas en Veracruz y Oaxaca; muy fuertes en Jalisco, Puebla, Guerrero y Chiapas, y fuertes en Sonora, Nayarit, Colima, Michoacán, Hidalgo, Estado de México, Ciudad de México, Morelos, Tlaxcala y Tabasco.

Así como chubascos en Chihuahua, Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí, Zacatecas, Aguascalientes, Durango, Sinaloa, Guanajuato, Querétaro, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, y lluvias aisladas en Baja California.

Las precipitaciones serán con descargas eléctricas, rachas de viento y posible granizo.

En cuanto a temperaturas, se prevén valores de 40 a 45 grados Celsius en zonas de Baja California, Sonora y Sinaloa, y de 35 a 40 grados en áreas de Baja California Sur, Chihuahua, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo

Se prevé viento con rachas superiores a 50 kilómetros por hora (km/h) en Coahuila, Nuevo León, Oaxaca, Chiapas, Tabasco, Campeche y Yucatán.

El organismo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) indicó en su pronóstico por regiones que en la Península de Baja California predominará cielo medio nublado con lluvias aisladas en Baja California.

Ambiente muy caluroso y viento del noroeste de 10 a 25 km/h.

Se prevé para el Pacífico Norte cielo nublado por la tarde con lluvias fuertes en Sonora e intervalos de chubascos en Sinaloa; todas con descargas eléctricas y posible caída de granizo.

Ambiente caluroso durante el día y viento del oeste de 10 a 25 km/h.

El Pacífico Centro mantendrá cielo nublado con lluvias puntuales muy fuertes en Jalisco y puntuales fuertes en el resto de la región, todas acompañadas de descargas eléctricas y posibles granizadas.

Ambiente caluroso durante el día y viento de dirección variable de 10 a 25 km/h con rachas superiores a 40 km/h.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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