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México

Senado retoma la discusión de ley energética

Con la asistencia de la senadora del PAN Sonia Mendoza Díaz, se reanudó la sesión de las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado, luego de que se haberse pedido un receso horas antes por falta de quórum.

Con la asistencia de la senadora del PAN Sonia Mendoza Díaz, se reanudó la sesión de las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado, luego de que se haberse pedido un receso horas antes por falta de quórum.

Por falta de quórum, las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado decretaron un receso, luego de media hora de haber reanudado el debate donde se analizaría el tercer proyecto de dictamen.

El presidente de la Comisión de Energía, David Penchyna, había decretado el receso hasta las 14:00 horas a petición del senador Salvador Vega Casillas, del Partido Acción Nacional (PAN), quien aludió que varias senadoras del blanquiazul no estaban presentes, porque sus vuelos a la ciudad de México se habían retrasado.

La sesión inició con quórum, pero posteriormente abandonó la reunión el senador, Manuel Bartlett, del Partido del Trabajo, y no pasó lista de presente el perredista Zoé Robledo.

Penchyna Grub destacó la legalidad de la convocatoria para reanudar este martes el debate en comisiones de la reforma energética, aún con la ausencia del presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Raúl Gracia Guzmán.

En entrevista luego de las declaraciones Raúl Gracia quien criticó que la convocatoria a la sesión de comisiones unidas de este martes, sólo fue hecha por Penchyna, el presidente de la Comisión de Energía dijo que tiene facultades para convocar a ambas comisiones de trabajo a fin de reanudar el debate energético.

“El reglamento me da facultades para hacerlo, los 20 integrantes de ambas comisiones fueron debidamente notificados con más de veinticuatro horas de anticipación, para poder celebrar esta reunión”.

Llamó a los senadores del PAN, PRD y PT a no poner excusas y pretextos para cumplir con un mandato constitucional que tienen los legisladores para discutir y aprobar el marco legal que regulará la reforma en materia energética.

“Creo que es nuestra obligación, es nuestra responsabilidad, creo que nos hemos dado los márgenes políticos que la racionalidad de la política dan, para poder llegar a acuerdos y creo que es el momento de dejar excusas y pretextos para volver a la mesa, particularmente después de haber concluido una exitosa reforma en telecomunicaciones”.

Insistió que la convocaría que hizo por ambas comisiones, para reanudar el debate energético, detenido desde el 14 de junio pasado, es más que normal.

(Con información de El Universal)

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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