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México

Slim ya negó haber pagado «megacuenta» pero… ¿Quién pagó entonces esa suma?

  • El empresario y el boxeador Saúl Álvarez compartieron la mesa con el ex presidente de EU, Bill Clinton, y con Carlos Bremer, tras inaugurar la Serie del Caribe Jalisco 2018

Con las fotografías de las personalidades reunidas, así como de un voucher de American Express, usuarios de redes sociales afirmaron que los comensales habrían desembolsado la cantidad de 334 mil 392 pesos, más una propina de 50 mil 158 pesos con 80 centavos.

En ese sentido, Slim aclaró a Milenio que en la cena que sostuvo con Clinton y El Canelo fueron invitados y no anfitriones y que, en todo caso, él habría pagado con su tarjeta Inbursa y «no les pediría cooperacha a El Canelo y menos a Clinton».

Al respecto, el director de alianzas estratégicas y contenidos de América Móvil, Arturo Elías Ayub, también opinó y aseguró en sus redes sociales que tanto el ingeniero Slim, el ex presidente y el pugilista tapatío, únicamente fueron invitados y reiteró que el voucher no corresponde a la cuenta de dicha reunión.


Entonces… ¿Quién paga esas cuentas exorbitantes?

Según el periódico Vanguardia de Coahuila, el exdiputado coahuilense Antonio Juan Marcos habría consumido dos botellas de whisky Glenfiddich de 116 mil pesos cada una, más una tabla de carnes y su cuenta ascendió a un total de 334 mil 392 pesos más 50 mil 158.80 pesos de propina

A través de chats de WhatsApp, circuló una supuesta cuenta de 384 mil 550.80 pesos pagada por el político lagunero, Antonio Juan Marcos Villarreal, en un bar de la exclusiva zona de San Pedro Garza García, Nuevo León.

La cuenta tuvo lugar, según la fotografía, en el “Piano Bar” de Calzada Del Valle el pasado 2 de febrero.

Marcos Villarreal habría consumido dos botellas de whisky Glenfiddich de 116 mil pesos cada una, más una tabla de carnes y su cuenta ascendió a un total de 334 mil 392 pesos más 50 mil 158.80 pesos de propina.

El whisky Glendfiddich es una bebida de de prestigio con 40 años de añejamiento que se ha convertido en uno de los mejores whiskies de malta en altas élites.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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