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México

‘Todas las tortugas están muertas por sargazo, hagamos algo’

Usuarios de redes sociales denunciaron la muerte masiva de crías de tortuga en la Reserva de la Biosfera de Sian Ka’an, Quintana Roo debido a que no pudieron llegar al mar luego de eclosionar y salir de sus nidos, por la gran acumulación de sargazo que hay en las playas.

A través de Facebook, una madre de familia identificada como Viviana García publicó fotografías donde se observan decenas de tortugas recién nacidas ya sin vida, atrapadas en montañas de alga marina presente en el «Área Natural Protegida».

Al parecer se trata de tortugas Golfina, en peligro de extinción de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana 059, que ya no pudieron completar su ciclo de vida.

El tema del sargazo nos afecta a todos !! Pero les afecta más a estas pequeñas tortugas, que ya es difícil que lleguen a la edad adulta con sus depredadores, y ahora les es más difícil llegar al mar al quedar atrapadas en montañas de sargazo !! esto pasa en toda la reserva de sian kaan son kilómetros donde ahí muchísimos nidos (sic)», indicó Viviana García.

El nacimiento masivo de tortugas en la región se dará a partir de la primera quincena de agosto y durante todo el mes de septiembre y octubre, por lo que es necesario que los tres órdenes de gobierno y grupos de voluntarios atiendan el grave problema de sargazo.

Tulúm, el municipio donde se encuentra ubicada la Reserva de la Biosfera de Sian Ka’an, sufre serias afectaciones por el recale masivo de sargazo, de acuerdo a la Red de Monitoreo de Sargazo en Cancún.

Las montañas de alga marina también causan severos daños a los manglares, que son los lugares de crianza de la mayoría de las especies de importancia comercial como el camarón, que pasan ahí sus primeros meses de vida alimentándose y protegiéndose de sus depredadores.

La acumulación del sargazo altera el PH del agua y acaba con el oxígeno, lo que pone en riesgo a toda la vida marina y al manglar, que es la barrera natural contra los huracanes y reservorio de dióxido de carbono.

En Sian Ka’an, que es un sitio catalogado por la UNESCO como Patrimonio Mundial de la Humadidad desde 1987, continúa además activo un incendio en la zona de pastizales que inició desde el 11 de julio pasado, y a 18 días se tiene un control de aproximadamente 90 por ciento, con una afectación de aproximadamente dos mil 900 hectáreas.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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