Conecta con nosotros

México

Van por la esposa de Javier Duarte

El gobernador de Veracruz, Miguel Ángel Yunes Linares, dijo que se acelerará la investigación contra Karime Macías, esposa del exgobernador Javier Duarte; además de investigar el desvío de recursos para las campañas electorales de 2016.

Lo anterior, luego de que Televisa diera a conocer ayer como presunta propiedad de la expresidenta del DIF Estatal un Club Hípico en Briones, municipio de Coatepec, así como cuatro caballos pura sangre con un valor de entre un millón y millón y medio de pesos, cada uno.

“Instruyo al contralor general del estado para que se acelere y profundice la investigación que se lleva al cabo para determinar si Karime Macías hizo uso de recursos públicos en beneficios propios y de ser así proceda legalmente”, dijo.

Al fiscal general del Estado le solicitó se determine la carpeta de investigación que vincula a Karime Macías con la desviación de recursos públicos de los veracruzanos en beneficio propio y de familiares y amigos.

Además, el jefe del Ejecutivo hizo del conocimiento público que solicitará formalmente la intervención de las Fiscalías para Delitos Electorales federal y local para que investiguen la desviación de recursos públicos para financiar de manera ilícita campañas políticas en el año 2016.

Yunes Linares agregó: “Solicitaré formalmente la intervención de la fiscalías, para delitos electorales para que investiguen la desviación de recursos para financiar de manera ilícita campañas en el año 2016”.

“Trataremos de recuperar más de mil 500 millones de pesos que presumiblemente se desviaron y proceder en contra de quienes lo destinaron y de quienes lo recibieron (…) Es mi obligación como gobernador y en respuesta al clamor popular de sancionar a todos los que llevaron a Veracruz a la crisis más grave de su historia, proceder contra todos los culpable si excepción”.

24 Horas y Excélsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto