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Video: Primer interrogatorio a Vicente Carrillo Fuentes

No he matado a nadie: ‘El Viceroy’

Vicente Carrillo Fuentes, El Viceroy, negó haber matado a alguien ni ordenado matar a alguna persona, esto luego de ser detenido ayer en Torreón, tras seis meses de labores de inteligencia de la Policía Federal.

En un interrogatorio hecho por el director en jefe de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), Tomás Zerón, y el cual fue difundido en El Noticiero con Joaquín López-Dóriga, Carrillo Fuentes admitió que a los 28 años empezó a trabajar con su hermano Amado Carrillo, El Señor de los Cielos.

—Tomás Zerón: ¿Has matado a alguien?

—Vicente Carillo: Hasta ahorita no

—Tomás Zerón: ¿Has mandado a matar a alguien?

—Vicente Carillo: Hasta ahorita no

—Tomás Zerón: ¿Le has disparado a alguien?

—Vicente Carillo:  No, señor.

El Viceroy reveló que a los 21 años comenzó su participación en el cártel de La Línea, «yo empecé con mi hermano, que en paz descanse, cuando yo tenía como 28 años».

Al cuestionarle si sufría de alguna enfermedad para realizarle los exámenes médicos correspondientes para su ingreso, dijo que sólo padecía gastritis y que fue intervenido quirúrgicamente de la espalda cuando se cayó de un caballo, «sí, pero estoy bien, me están dando rehabilitación».

—Tomás Zerón: ¿En dónde, aquí en México?, pregunta Tomás Zerón sobre dónde recibía el tratamiento médico.

—Vicente Carillo: Sí, aquí cuando vengo

—Tomás Zerón: ¿Cada cuándo vienes?

—Vicente Carillo: Cada tres meses, cada cinco

—Tomás Zerón: ¿Cómo venías?

—Vicente Carillo: Por tierra, por tierra, todo por tierra

Junto a El Viceroy fue capturado Jesús Dimas, con quien negó tener algún vinculo: «a este lo detuvieron, pero no sé por qué; dicen que venía conmigo, pero no».

Sin embargo, al ser interrogado, Dimas dijo lo contrario: «Sí lo conozco. Es que yo tengo una hermana y mi hermana pues, se viniera con él pues, pues él quería de ella. Anduvo con ella un tiempo».

Viceroy-Zeron-Agencia-Investigacion-Criminal_MILIMA20141010_0090_30Al finalizar el interrogatorio, Vicente Carillo negó la participación de Jesús Dimas: «yo de antemano le digo que él no tiene que ver nada».

Vicente Carrillo Fuentes, El Viceroy,  fue detenido ayer en Torreó por fuerzas especiales durante un operativo que no requirió ningún disparo.

Vicente es hermano del capo Amado Carrillo Fuentes, El Señor de los Cielos, quien murió en 1997 en el Hospital Santa Mónica, en el Distrito Federal, cuando se practicaba una cirugía plástica.

El Viceroy huyó de Chihuahua tras la guerra que protagonizó su brazo armado La Línea con el grupo de Gente Nueva, éste último del cártel de Sinaloa.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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