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México

Ya son 40 muertos por el paso de «Earl» en Puebla y Veracruz

La cifra de víctimas mortales en el país por el paso de “Earl” podría aumentar, informó el coordinador nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, Luis Felipe Puente, al informar que hasta el momento son 40 los muertos en Puebla y Veracruz.

En entrevista con Carlos Loret de Mola, el funcionario detalló que el número de fallecidos podría incrementarse en las próximas horas, al tiempo que señaló que “Javier”, la tormenta tropical que se ubica en el Océano Pacífico, se convertirá en el transcurso del día en huracán.

“Desde la semana pasada dije que mi mayor preocupación no eran las inundaciones, sino los deslaves. El monto de agua no nos daba para inundaciones, sino para riesgo en la ladera y montañas”, señaló por los problemas registrados en la sierra norte de Puebla.

Luis Felipe Puente recordó que Puebla es el estado con más muertos, al sumar 29 personas, principalmente en el municipio de Huauchinango, municipio que recibió en una sola noche las precipitaciones de todo un mes; mientras que Veracruz reportó 11 fallecidos.

Desde este domingo, las autoridades del gobierno poblano habilitaron ocho albergues en Huauchinango, para que 167 personas pernoctaran. Se prevé que a estos albergues llegue personal del Estado para revisar la situación de las familias.

Mientras que en Veracruz, también los derrumbes y deslaves han afectado la comunicación, sobre todo en la carretera Puebla-Orizaba. Se prevé que siga lloviendo este lunes y los ríos están con su creciente al límite.

Hay al menos 2 mil 200 damnificados, mil 200 de ellos están en albergues. Los municipios más afectados son los ubicados en la sierra centro de la entidad: Maltrata, Córdoba, La Perla, Huayacocotla y Coscomatepec.

 

 

 

Publimetro

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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