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¿Ya se vale copiar en la escuela? Esto explica Esteban Moctezuma

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Esteban Moctezuma, secretario de Educación, afirmó que en la iniciativa educativa del Gobierno federal se promoverá la enseñanza colectiva por lo que ahora «se vale y se debe copiar».

En entrevista con Grupo Radio Centro, el funcionario detalló el jueves que en el modelo propuesto se favorecerá el trabajo en conjunto.

«Ahora se vale copiar y se debe copiar porque se debe trabajar en equipo. Ahora los niños deben aprenden a que el conocimiento es algo que se genera en lo individual y en lo social», agregó.

Como ejemplo, Moctezuma puso el caso de una maestra que pide a sus alumnos que investiguen sobre el cambio climático. Bajo el formato propuesto, los alumnos tendrán que hacer grupos para investigar y exponer juntos un tema.

En cuestión de los exámenes, el secretario de educación dijo que se harán de manera grupal, una sugerencia que responde «a las habilidades que demanda el mundo moderno» que, apuntó, buscan a personas que sepan trabajar en equipo.

«Si tú le preguntas a una empresa qué tipo de persona quiere, siempre te van a decir que alguien que esté dispuesto a trabajar en equipo y no a alguien que someta a los demás», afirmó.

Moctezuma señaló que en la educación con un enfoque colectivo además de sembrar democracia se estimula una cultura de paz en los estudiantes.

«Mientras más compartamos el conocimiento, mejor va a ser la sociedad», subrayó.

Sin embargo, el funcionario señaló al momento de que los educadores plasmen la calificación de sus alumnos en las boletas, sí se tomará en cuenta el desempeño individual.

El presidente Andrés Manuel López Obrador firmó el miércoles una iniciativa para derogar la reforma educativa promulgadas en el sexenio anterior y que propone, entre otros cambios, la obligatoriedad de la educación hasta el nivel superior y la inclusión de la figura de interés supremo de la educación para las y los niños y jóvenes en el artículo 3° constitucional.

El Financiero

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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