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México

Partido Acción Nacional lamenta la muerte de Molinar Horcasitas

El líder nacional del PAN, Gustavo Madero Muñoz, externó su más profundo dolor por la muerte de Juan Molinar Horcasitas, quien falleció la madrugada de este jueves a los 59 años de edad, y extendió el más sentido pésame a su familia.

Juan Molinar representó una guía para Acción Nacional en momentos en que el partido necesitaba dirección y un faro en instantes de oscuridad, resaltó Madero Muñoz en un comunicado.

Manifestó que Acción Nacional “se nutrió con sus iluminados y sabios consejos que compartió con todos nosotros y las enseñanzas que depositó entre militantes y compañeros de trabajo.

“En Acción Nacional estamos de luto por la muerte de uno de sus maestros, de sus ideólogos contemporáneos, siempre comprometido con el partido, con sus valores, principios y mística”, resaltó.

Molinar, quien se desempeñaba desde septiembre de 2012 como director de la Fundación Rafael Preciado Hernández, y estuvo al frente del IMSS y la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, falleció en su casa a causa de la esclerosis lateral amiotrófica que padecía.

Además, no sólo fue un gran académico, sino también consejero ciudadano del primer IFE, funcionario federal, servidor público, legislador, destacado militante y miembro del CEN del PAN.

“Para los panistas representa una pérdida invaluable de un luchador de la vida, que veló en todo momento por la democracia en México y por contar con un mejor país, más equitativo y con menos injusticias e impunidad”, agrega el despacho de prensa.

Molinar también luchó por un partido moderno, con nuevos estatutos, nuevos enfoques, pero sin perder su esencia, y “hoy el PAN lo despide con dolor.

“Pero también con agradecimiento por haber contribuido a solidificar los cimientos de nuestra democracia desde su participación en el entonces Instituto Federal Electoral hasta consolidar al PAN como fuerza política civilizatoria de nuestro país”.

Por su lado, el ex presidente de México, Felipe Calderón Hinojosa (2006-2012) se sumó a la pena que embarga a la familia de Molinar.

“Mi más sentido pésame por el sensible fallecimiento de @JFMolinar. Un abrazo donde quiera que estés amigo”, expresó en su cuenta de Twitter @FelipeCalderon.

Sin Embargo

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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