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Chihuahua

Expide Congreso la nueva Ley de Equilibrio y Protección al Ambiente promovida por el PVEM

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El Congreso del Estado expidió este día la nueva Ley de Equilibrio y Protección al Ambiente del Estado de Chihuahua, que tiene por objeto garantizar el derecho de toda persona a un medio ambiente sano y saludable.

En tribuna el diputado Hever Quezada Flores, presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, comentó que esta nueva Ley fue posible luego de haber realizado un total de cuarenta y siete reuniones ordinarias de trabajo, análisis y discusión, a través de la Mesa Técnica para la Reforma Integral en Materia Ambiental, la cual fungió como consultora en la redacción de propuestas para la armonización de las diversas leyes medioambientales del estado.

Cabe mencionar que los objetivos la ley, por mencionar algunos son:

Determinar las facultades del Estado y los municipios en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección de los ecosistemas y del medio ambiente.

Preservar y restaurar el equilibrio ecológico y mejoramiento del ambiente, de los ecosistemas y bienes del Estado.

Promover la creación de áreas naturales protegidas de carácter estatal así como su regulación, administración y vigilancia, con la participación de los municipios.

Prevenir y controlar la contaminación del aire, agua y suelo.

La protección, conservación y regeneración de la flora y fauna silvestre comprendida en el territorio de la Entidad, tanto en sus porciones terrestres como acuáticas.

Impulsar la investigación, el desarrollo, la transferencia y aplicación de ciencia y tecnología en el área ambiental, para favorecer intensiva y extensivamente la conservación del medio ambiente.

Regular el establecimiento y la operación de museos, zonas de demostración, zoológicos y jardines botánicos, destinados a promover el cumplimiento de la presente ley; así como el fomentar una cultura de respeto al medio ambiente y a los ecosistemas.

Ahora bien a la par de la emisión de dicha ley, se aprobó una reforma a la Constitución Política del Estado de Chihuahua, a efecto de dar promoción a la educación ambiental y la conservación del entorno; se reformó el Código Penal del Estado de Chihuahua en aras de penalizar aquellas actividades que ocasionen daños a la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas y que los delitos ambientales sean perseguidos por oficio.

Finalmente se abroga la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente del Estado de Chihuahua publicada en el Periódico Oficial del Estado el 8 de junio de 2005.

Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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