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México

Los mexicanos se casan menos y se divorcian más

Ante la creciente tendencia de los mexicanos a la soltería, la sociedad debe avanzar para que esa condición sea considerada normal y no un problema, señaló la especialista de la Universidad Nacional Autónoma de México, (UNAM), Olivia Tena Guerrero.

La experta del Programa de Investigación Feminista, en el Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades (CEIICH), refirió que esa condición es vista de manera negativa, sobre todo cuando se trata de mujeres.
Es necesario dejar de etiquetarla de manera diferente, según el género, pues mientras ellas son calificadas de solteronas cuando pasan los 40 años, a un hombre de la misma edad se le juzga de inteligente por disfrutar de los logros alcanzados, resaltó.

Además, si se es soltero por convicción la cultura nos invade con ideas que producen malestar en quienes toman esa determinación, remarcó Tena Guerrero en un comunicado difundido por la máxima casa de estudios.

Señaló que la soltería muchas veces no es una decisión, hay contextos que llevan a las personas a vivirla; no obstante, “al platicar con mujeres de más de 40 años inevitablemente dicen que si llega un varón con ciertas características vivirían en pareja”, comentó.

Según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2016 (ENOE, INEGI), 31.4 por ciento de la población de 15 años y más era soltera, mientras que 10.5 por ciento estaba separada, divorciada o viuda. Ahora los mexicanos se casan menos y se divorcian más; este último estado civil aumentó 136.4 por ciento, mientras que los matrimonios sufrieron una baja del 21.4 por ciento.

La universitaria refirió que un estudio realizado en la UNAM (2007) reveló que el 18.3 por ciento de las mujeres que trabajaban en el área de las Ciencias eran solteras, y el 12.1 por ciento de los hombres vivían en esa condición.

Respecto al área de Humanidades, 17.7 por ciento de las mujeres y 12.8 por ciento de los varones vivían en soltería. No obstante, es necesario aclarar que menos mujeres trabajan en áreas Científicas que en las Humanidades.

La doctora en Sociología destacó que algunas de estas mujeres comentaron que una de las principales razones para seguir solteras es porque son las proveedoras económicas de su familia, principalmente de sus padres.

“Todas manifestaron haber tenido en algún momento una pareja en la que detectaron abuso económico, indolencia, infidelidad, falta de compromiso y de correspondencia amorosa”, indicó.

En algunas existe el temor de tener una relación que coarte su libertad o que sea violenta, pues han vivido esa situación al interior de su familia y han asumido el cuidado de sus seres queridos y “no ser víctimas de un hombre”.

Respecto a los varones, la especialista expuso que la decisión por la soltería tiene que ver con el temor de no poder proveer al hogar, “varios de ellos se mantienen en esta condición para no aportar económicamente”.

“Lo que ellos buscan en la mujer es que tengan buenos ingresos, y si tienen una propiedad, mejor. Es algo que me ha sorprendido”, resaltó Tena Guerrero.

A ello se suma su negativa para ser fiel, el temor a no poder controlar a su pareja en el juego de roles, la timidez, además de su constante búsqueda de candidatas jóvenes, pues “para enamorar a mujeres de su edad tendrían más competencia que si se enfocan en las jóvenes”, concluyó.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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