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México

Ordenó «El Lazca» muerte de Eduardo Moreira

El hijo mayor del exgobernador de Coahuila, Humberto Moreira Valdés, fue encontrado muerto el pasado 3 de octubre en Ciudad Acuña, Coahuila. La muerte de José Eduardo Moreira Rodríguez fue ligada a una posible venganza por el asesinato Alejandro Treviño Chávez, sobrino de Miguel Ángel Treviño Morales, El Z-40, uno de los líderes del cártel de Los Zetas.

Vía celular, fue Heriberto Lazcano Lazcano «El Lazca» quien ordenó a sus hombres que asesinaran al hijo del exgobernador y los policías municipales de Ciudad Acuña lo entregaron, revelaron autoridades que participan en la investigación del caso Moreira.

Un periódico de circulación nacional afirma que el gobierno federal cuenta con las llamadas y mensajes que realizó Heriberto Lazcano el 3 de octubre a Miguel Ángel Rodríguez Díaz, “El Alfa-Metro” para que se hiciera cargo del asesinato de un familiar del mandatario coahuilense.

Para lograr el asesinato del hijo de Humberto Moreira se requirió el apoyo de Rodolfo Castillo Montes, subdirector de la corporación policial y quien era amigo de José Eduardo Moreira.

Castillo Montes se reunió con José Eduardo Moreira “después de las seis de la tarde y fue sometido por el supervisor de la policía de Ciudad Acuña, Víctor Landeros Cifuentes, La Iguana, y los oficiales Jorge Tenorio Takajasi, El Taka, y Víctor Carrizales, quienes entregaron a la víctima a Rubén Cifuentes Cadena, El Shaggy, y Carlos Arnulfo Flores Flores para que lo asesinaran”, indica La Jornada.

Las investigaciones de la policía han determiando que el autor de los disparos que causaron la muerte a José Eduardo Moreira fue El Shaggy.

El jueves, personal de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) logró la captura de Carlos Arnulfo Flores Flores El Flaco y/o El Fantasma, presunto autor material de la ejecución de José Eduardo Moreira Rodríguez.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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