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México

No hay pérdidas humanas ni derrumbes tras sismo de:Ebrard

«No hubo derrumbes y nadie perdió la vida como resultado del sismo de 7.8 grados en la escala de Richter» que azotó a la ciudad de México a las 12 con 3 minutos de este martes 20 de marzo, así lo informó el jefe de gobierno Marcelo  Ebrard desde el Centro de Mando de la Secretaría de Seguridad Pública del DF.

Exactamente una hora después del temblor, el mandatario capitalino ofreció una conferencia luego de sobre volar la ciudad. Acompañado del Secretario de Seguridad Pública, Manuel Mondragón y Kalb, Ebrard aseguró que hasta el momento no hay daños mayores que lamentar, aunque si recalcó que varios edificios e inmuebles de la ciudad sufrieron inclinaciones, grietas, coarteaduras, ruptura de cristales, falta de energía eléctrica, y que además se han registrado fugas de agua en varias zonas de la capital.

Los daños estructurales más sobresalientes hasta  el momento son la caída del muro de contención de un puente peatonal en Hacienda del Rosario y Avenida de las Culturas en Azcapotzalco que provocó lesiones a un chofer de un Microbús, así como daños  en un puente vehicular en Zaragora y República Federal.

El titular del ejecutivo local comunicó que en estos momentos las Secretarías de Obras y Servicios, y de Protección Civil, así como las autoridades de cada una de las 16 delegaciones están evaluando cada uno de los inmuebles dañados comenzando por escuelas y hospitales.

Para hacer más eficiente esta revisión el mandatario pidió a la población comunicarse al 56832222 que cuenta con diez líneas para reportar cualquiera daños detectados en sus viviendas, oficinas o en cualquier estructura de la ciudad.  Ebrard Casaubon agregó que minutos después del intenso sismo habló personalmente con el Presidente Felipe Calderón, quien dijo le ofreció todo su respaldo y ayuda que de antemano agradeció.

Cabe señalara que según los informes oficiales hasta el momento sólo se ha registrado una réplica de este sismo que fue de 4.5 grados en la escala de Richter. El epicentro del temblor de 7.8 grados ser registro en las costas de Oaxaca a nueve kilómetros de Ometepec, Guerrero.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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