Conecta con nosotros

México

El salario mínimo no alcanza ni para medio kilo de pollo

Los 67 pesos que integran el salario mínimo no alcanzan ni para medio kilo de pollo con su respectiva guarnición de sopa y una porción de verduras.

Los 67 pesos que integran el salario mínimo no alcanzan ni para medio kilo de pollo con su respectiva guarnición de sopa y una porción de verduras.

Ir al mercado equivale a gastar mínimo 300 pesos por visita, que con los 67 pesos no alcanza ni para un kilo de carne o pescado.

En el semestre del año, los productos de la canasta básica aumentaron más de la mitad de su costo, que aunque no existe un porcentaje definido pues es diferente el porcentaje de cada producto, se estima que al final de año los incrementos serán más altos que la inflación.

Por ejemplo, el kilo de pollo varía de la tienda donde se adquiera, pero lo puede encontrar desde 90 pesos el kilo hasta 120; el kilo de carne de res también se puede comprar en 90 ó 110 pesos el kilo.

Las amas de casa aseguran que están acostumbradas a que constantemente aumentan los precios, pero en este momento hay cosas que subieron del 50% al 100%.

Incluso la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reveló que el valor total de la canasta básica, que incluye 27 productos, alcanzó en 2014 un valor de 160.90 pesos cuando al 31 de diciembre era de 143.27 pesos.

El limón sin semilla ha tenido un aumento de 24.4% al pasar de 15.99 pesos a 19.89 pesos el kilográmo, en esta misma línea se encuentra el plátano tabasco que pasó de 10.52 pesos a 12.42 pesos, lo que representa un aumento de 18.1% por kilo.

En los mercados y supermercados, algunos productos como la leche, aceite, atún, pan, arroz, frijol, sal y azúcar, son los que han incrementado su costo en este primer semestre del año, y ha afectado en el bolsillo de los ciudadanos que dicen cada vez están más orillados a delinquir, pues ya no les alcanza su sueldo.

“No alcanza, aunque queramos comprar más seguimos ganando lo mismo y sale peor porque no tenemos dinero y todo sube y sube. Antes podía comprar muchas cosas pero ya no porque el salario mínimo subió en mi caso cuatro pesos y cada cosa subió cinco pues ni cómo”, indicó.

De acuerdo con los monitoreos de precios en supermercados del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y la Procuraduría Federal del Consumidor una despensa básica se vende hasta 108 pesos más cara que hace un año, lo que implica un encarecimiento de 14% desde diciembre de 2012 a igual mes de 2013.

El costo de la canasta básica podría pagarla sólo una persona que gane 3.6 salarios mínimos, y para tener el mínimo de bienestar debe ganar ocho salarios, es decir, 15 mil 500 pesos mensuales.

“Yo gano al mes tres mil pesos para qué nos alcanza, para nada, ahora tienen que trabajar mi esposa, y mis dos hijos, si no no se come o si no pues malcomemos”, manifestó Emilio Uribe.

am.com.mx

98a10e59903348b

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto