Conecta con nosotros

México

Oaxaqueña da a luz en jardín de una clínica luego de negarle atención médica

Una mujer dio a luz en el jardín del centro de salud del Municipio de San Felipe Jalapa de Díaz, Oaxaca, donde el personal médico le negó el servicio.

Una mujer dio a luz en el jardín del centro de salud del Municipio de San Felipe Jalapa de Díaz, Oaxaca, donde el personal médico le negó el servicio.

A través de su cuenta de Facebook, el ciudadano Eloy Pacheco López publicó la imagen de la mujer que se encuentra en cuclillas, mientras que su bebé se observa tirado en el pasto, desnudo, aún mojado, con el cordón umbilical sin cortar.

«Considera usted que el gobierno del CAMBIO está cumpliendo su ofrecimiento de mejorar el sistema de salud de Oaxaca? Observe esta imagen de un lamentable suceso ocurrido ayer – 2 de Octubre- al medio día en el Centro de Salud de Jalapa de Díaz, donde una mujer mazateca tras esperar y exigir atención durante dos horas dio a luz en el patio del nosocomio tras ser ignorada por el personal bajo la dirección del supuesto médico Adrián René Cruz Cabrera…», publicó.

De acuerdo con el periódico El Universal, la presidenta municipal de Jalapa de Díaz, Silvia Flores Peña, confirmó las condiciones en que la mujer dio a luz y aseguró que tanto la madre como el bebé se encontraban en buen estado de salud.

Asimismo afirmó que ella no se encontraba en el municipio el día de los hechos, pues había ido a la ciudad de Oaxaca, sin embargo, dijo que el caso lo atendió una regidora del Ayuntamiento.

No es el primer caso

Silvia Flores Peña, presidenta municipal de Jalapa de Díaz informó que no es el primer caso en el que una mujer de a luz casi en plena calle, ya que hace mes y medio otra joven alumbró sin que los médicos le brindarán la atención.

Cabe destacar que el Centro de Salud de esa localidad se encuentra en paro laboral, «por motivos políticos», mientras que el subsecretario de Salud en Oaxaca, Maurilio Mayoral, explicó que este tipo de alumbramientos ocurren de manera constante, sin embargo, investigarán el porqué negaron atención médica a la mujer de origen mazateco.

Con información de Reforma y El Universal.

001_mujer_da_luz_oaxaca

 

001_mujer_mazateca_pariendo

7 Comentarios

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto