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México

Por tardarse, lo golpean brutalmente en subway

Cámaras de seguridad captaron una violenta agresión al interior de una sucursal de comida rápida en San Luis Potosí, donde un cliente golpeó impetuosamente a un joven trabajador que se encontraba en el área de cocina. El video, compartido en redes sociales, ha causado indignación en la opinión pública debido al actuar del agresor.

Los hechos ocurrieron en la tarde del lunes 31 de julio, alrededor de las 17:15 horas, en un establecimiento de la cadena de restaurantes “Subway” -especializada en la elaboración de sándwiches-, ubicada en la calle Rutilio Torres de la capital potosina.

En el clip se observa a un trabajador en un área restringida para los clientes, donde se preparan los alimentos solicitados. A unos cuantos metros se encontraban dos de sus compañeros que sobresalen por su uniforme de color negro. Mientras el joven se encontraba apoyado en una tarja de cocina, un sujeto de camisa azul irrumpió violentamente para atacarlo.

Aunque el video no tiene audio, se aprecia que el trabajador le dijo algo al cliente que, sin pronunciar palabra alguna, lo comenzó a golpear en repetidas ocasiones. Ante la serie de puñetazos que iban dirgidos a su cara, el joven empleado trató de cubrirse con sus dos brazos y le dio la espalda a su atacante.

Sin embargo, los golpes no cesaron. Los otros dos trabajadores observaban lo ocurrido sin poder intervenir, al igual que los clientes que se observan al fondo de la sucursal. Al cabo de unos segundos, el agresor comenzó a patearlo. Después lo agarró de su cuello y lo tiró al piso.

El trabajador en ningún momento respondió ante los golpes. Lo único que hizo fue cubrirse en la medida de lo posible y mantener su cabeza abajo. Poco antes de las 17:17 horas, el cliente salió del área de la cocina a través de la misma puerta por donde entró.

Reportes preliminares indicaron que el agresor arribó al inmueble a bordo de una camioneta Hummer de color amarillo. De manera extraoficial se informó que le habían solicitado esperar su turno en la fila, lo cual no fue bien recibido por dicho sujeto, quien exigía ser atendido con celeridad.

Ante la difusión del video, en redes sociales se compartieron los presuntos datos del atacante. El periodista especializado en temas de seguridad, Antonio Nieto, dio a conocer que el cliente responde al nombre de Fernando Medina Ramírez, quien tendría una licenciatura en Derecho, además de practicar artes marciales.

El presunto agresor fue identificado como Fernando Ramírez Median (Foto: Twitter@siete_letras)
El presunto agresor fue identificado como Fernando Ramírez Median (Foto: Twitter@siete_letras)

“’Abogado’ y peleador de Artes Marciales Mixtas golpea a empleado de Subway”, señaló Nieto en una publicación de Twitter, en la que subió un par de fotografías de Fernando Medina, quien aparece junto a otros individuos que al parecer practican el mismo deporte.

Según reportes de Quadratin, el joven agredido -quien no ha sido identificado- es un estudiante que comenzó a trabajar en el restaurante durante la temporada de vacaciones. Tras estos hechos, tuvo que ser hospitalizado debido a que presentaba una fractura de nariz e inflamación cerebral, aunque se desconoce su estado actual de salud.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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