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México

Varias personas lesionadas tras volcadura de autobus en Cancún, chofer huye

CANCÚN, 26 de julio.- Un grupo de turistas fue abandonado por el chofer del autobús en el que viajaban, tras un aparatoso accidente en la carretera Puerto Morelos-Cancún, a la altura del puente del hotel “Moon Palace”. El saldo fue de 19 personas lesionadas y tres vehículosdestrozados.

Adultos y niños debieron dejarse caer para poder salir del camión volcado y, aunque el propio chofer sufrió un fuerte golpe, los turistas atónitos observaron que corrió para huir del lugar

Versiones preliminares indican que el chofer del camión con número económico 97 de la empresa “Dream Tours” iba a exceso de velocidad y encontró en el camino al conductor de un Volkswagen Golf, quien presumiblemente bajo los influjos delalcohol trató de rebasar por la derecha, pero el camión le cerró el paso, por lo que no pudo frenar y se impactó contra un tercer vehículo.

El camión terminó volteado sobre el puente. Posteriormente, adultos y niños debieron dejarse caer para poder salir y, aunque el propio chofer sufrió un fuerte golpe, paseantes atónitos observaron que corrió parahuir de inmediato del lugar.

Elementos de la Policía Municipal, Tránsito, Bomberos yparamédicos de la Cruz Roja Mexicana acudieron en auxilio de los lesionados, cerraron una parte de la carretera y se encargaron de desactivar el sistema eléctrico de las unidades para evitar incendios y por tanto una tragedia mayor, en aproximadamente dos horas en las que en la zona se vivió un caos por la cantidad de heridos, la crisis nerviosa en la que cayeron algunos y la fila de más de 2.5 kilómetros que se formó con los automóviles que no podían pasar a consecuencia de lo sucedido.

El conductor del auto Golf, un hombre de aproximadamente 30 años, fue detenido, más no así el chofer del camión. Del conductor del Stratus se informó que fue trasladado para recibir asistencia médica.

fuente: excelsior.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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