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Policiaca

Les dan cárcel vitalicia por asesinar a policía

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Alberto Sandoval Herrera de 29 años y Antonio Genaro Rodríguez de 21 años, fueron sentenciados por un Tribunal de Juicio Oral a la prisión vitalicia (cadena perpetua) al haberlos encontrado penalmente responsables de cometer los delitos de homicidio con penalidad agravada y homicidio en grado de tentativa; el primer ilícito lo consumaron al privar de la vida a Erika Elizabeth Silva Rivera de 31 años, quien estaba adscrita a la Policía Estatal Única División Investigadora de la Fiscalía General del Estado, Zona Norte; y el segundo ilícito lo cometieron en agravio de cinco agentes investigadores que por motivos de seguridad se omiten sus generales; en hechos que sucedieron en la intersección del Eje Vial Juan Gabriel y Municipio Libre, el día 06 de diciembre del año 2010.

Lo anterior se dio después de que agentes del ministerio público de la Fiscalía General del Estado, Zona Norte, aportaron los elementos de prueba que fueron contundentes para acreditar la responsabilidad penal de Alberto Sandoval Herrera de 29 años y Antonio Genaro Rodríguez.

Cabe señalar que el delito de homicidio con penalidad agravada y calificado se encuentra previsto y son sancionados en los artículos 123, 124 y 136 fracción VIII último párrafo del código penal del estado de Chihuahua; que a la letra reza lo siguiente:

El ARTÍCULO 136. EL HOMICIDIO Y LAS LESIONES SON CALIFICADAS CUANDO SE COMETAN CON: PREMEDITACION, VENTAJA, TRAICION, ALEVOSIA, RETRIBUCION, POR EL MEDIO EMPLEADO, SAÑA O EN PERJUICIO DE SERVIDORES PUBLICOS QUE SE ENCARGUEN DE LA ADMINISTRACION O PROCURACION DE JUSTICIA, O DE PERIODISTAS; ASI MISMO, EN LOS SUPUESTOS DE LA FRACCION X DEL PRESENTE ARTICULO:

FRACCION VIII. CUANDO DOLOSAMENTE SE COMETA EN PERJUICIO DE AGENTES POLICIALES, ASI COMO DE SERVIDORES PUBLICOS QUE SE ENCARGUEN DE LA ADMINISTRACION O PROCURACION DE JUSTICIA, SI SE ENCUENTRAN EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES O CON MOTIVO DE LAS MISMAS, SIEMPRE QUE SE ESTEN CUMPLIENDO CON ARREGLO A LA LEY.

ULTIMO PARRAFO. TRATANDOSE DE HOMICIDIO COMETIDO EN LOS TERMINOS DE LAS FRACCIONES V, VIII, IX Y X, AUNQUE SOLAMENTE SE TRATE DE UNA VICTIMA, AL RESPONSABLE SE LE APLICARA PRISION VITALICIA.

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Imputan por feminicidio a instructora de academia militar donde murió la joven Dafne Zapata

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Danna Yanina «N», de 18 años, fue imputada por el presunto feminicidio de la adolescente Dafne Zapata Quintos, quien murió durante un campamento de verano en una academia militarizada de Ciudad Madero, Tamaulipas. Como medida cautelar, un juez le dictó prisión preventiva mientras continúa el proceso penal.

Durante la audiencia inicial, la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas formuló la imputación en contra de la joven, quien se desempeñaba como instructora auxiliar en el campamento donde ocurrió la muerte de la menor de 13 años. La defensa solicitó la duplicidad del término constitucional, por lo que la situación jurídica de la imputada se resolverá en una audiencia posterior.

Danna Yanina fue detenida luego de acudir voluntariamente a declarar ante el Ministerio Público, momento en el que le fue cumplimentada una orden de aprehensión girada por un juez de control.

El caso es investigado bajo el protocolo de feminicidio tras la muerte de Dafne Zapata, ocurrida durante su estancia en la Academia Militarizada Marina Doenitz. La familia de la menor sostiene que fue víctima de maltrato y exige que se investigue a más personas presuntamente involucradas en los hechos.

La muerte de Dafne provocó el cierre de la academia por parte de las autoridades y llevó a la presidenta Claudia Sheinbaum a solicitar una revisión de los centros de educación militarizada en Tamaulipas, al precisar que dichas instituciones no dependen de la Secretaría de la Defensa Nacional.

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