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México

Rescatan en Matamoros a 45 migrantes; suman 318 en 72 horas

Otros 45 migrantes originarios de Honduras, Guatemala y El Salvador, que se encontraban hacinados en dos cuartos de un hotel en espera de ser cruzados de manera ilegal a los Estados Unidos, fueron rescatados en Matamoros, Tamaulipas.

El Grupo de Coordinación Tamaulipas, informó que el rescate se dio la noche del ayer martes, por personal de la Policía Estatal, de la Secretaría de la Defensa Nacional e integrantes de la Policía Investigadora del Grupo Antisecuestros.
En atención a una denuncia anónima vía telefónica, los efectivos Estatales y Federales se trasladaron al lugar ubicado sobre la avenida Lauro Villar, y con la ayuda del personal lograron acceder a los centroamericanos, quienes dijeron que las personas que los cuidaban le solicitaban 5 mil dólares a cada uno para dejarlos salir.

“Los Policías y los Militares aseguraron el inmueble y procedieron a realizar la búsqueda sin lograr encontrar a persona alguna que estuviera relacionada con el hecho”, dijo el Grupo de Coordinación Tamaulipas.
Los migrantes fueron trasladados a la Alberca Chávez, que ha sido habilitada como albergue, para que reciban atención médica, hidratación y alimentación; mientras 6 empleados del hotel presentarían su declaración ante el Ministerio Público correspondiente.

Los centroamericanos serán atendidos por personal del Instituto Nacional de Migración (INM), que revisará su estatus legal en territorio mexicano y en su caso se les apoyará para que retornen a sus lugares de origen.

Esta es la tercera acción que realizan las autoridades estatales y federales en el municipio de Matamoros en las últimas 72 horas; ya suman 318 personas aseguradas de otros países que intentan cruzar el río Bravo para llegar a los Estados Unidos.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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