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México

Asesinan a la periodista Norma Sarabia

La periodista mexicana Norma Sarabia fue asesinada el pasado martes a balazos a la entrada de su domicilio en el municipio de Huimanguillo, en el suroriental estado de Tabasco, informaron las autoridades judiciales.

Los reportes señalaron que Sarabia, corresponsal del diario Tabasco Hoy en Huimanguillo, fue agredida por dos sujetos en una motocicleta cuando llegaba a su casa y tras llamarla por su nombre le dispararon en varias ocasiones.

Fueron dos sujetos en una motocicleta, le hablaron por su nombre, ella salió y ahí la mataron, en la puerta de su casa», confirmó a EFE Arturo Gonzáles, secretario del ayuntamiento en Huimanguillo.

Al momento las autoridades estatales no han revelado las posibles causas del ataque a Sarabia ocurrido a las 21:30 horas locales (02:30 GMT), precisaron.

El funcionario dijo que las autoridades investigan si el asesinato tuvo que ver con su actividad profesional o a un acto de venganza relacionado con su vida personal, o a las actividades escolares que desempeñaba como profesora en un centro escolar de esa municipalidad.

La policía municipal de Huimanguillo estableció un cerco en la zona hasta la llegada de las autoridades judiciales del estado para analizar la escena del crimen y levantar el cadáver.

El diario Tabasco Hoy confirmó la muerte de Sarabia en un mensaje en Twitter y su director editorial, Héctor Tapia dijo a EFE que Sarabia expresó varias veces temores por su actividad periodística en la zona de la Chontalpa, una región controlada por el crimen organizado en el trasiego de droga y combustible.

Más de una vez tuve comentarios sobre los temores que tenía por lo difícil que se encontraba la inseguridad en Huimanguillo y de algunas amenazas que había recibido por lo que optamos por dejar de ponerle crédito a sus notas», dijo Tapia Martínez.

El periodista, manifestó que la redacción del Tabasco Hoy, sus compañeros encuentran consternados y con un gran sentimiento de vulnerabilidad.

La Asociación Tabasqueña de Periodistas (ATP), lamentó el asesinato de Sarabia y exigió a las autoridades el esclarecimiento de este hecho.

Con el de Sarabia ya son diez los periodistas mexicanos asesinados desde el comienzo del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 1 de diciembre.

Durante el pasado sexenio del presidente Enrique Peña Nieto (2012-2018) se cometieron 47 asesinatos de periodistas en México, de los cuales 9 fueron en 2018, de un total de 2.347 agresiones contra los medios de comunicación.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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