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Firman 6 estados ley anti-aborto en Estados Unidos

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Este martes, el gobernador del estado de Georgia, al sureste de Estados Unidos, firmó la ley anti-aborto “latido del corazón”, una de las medidas más restrictivas del país, que prohíbe interrumpir el embarazo después de las seis semanas de gestación, “cuando se empieza a oír el latido del corazón”.
Nosotros protegemos a los inocentes, defendemos a los vulnerables, a los que no pueden hablar por sí mismos. Permitiremos que preciosos bebés crezcan y desarrollen el potencial que les dio Dios”.
La firma llega después de semanas de intensas protestas contra la medida y marcará el inicio de una posible batalla judicial, ante lo que Kemp asegura que está cumpliendo su promesa de poner en marcha «la legislación más restrictiva del aborto en el país».

Con Georgia, suman 6 estados que hasta ahora, han aprobado medidas que prohíben el aborto apenas se puede escuchar el “latido del corazón”: Ohio, Mississippi, Kentucky, Iowa y Dakota del Norte. Mientras que otras demarcaciones como Florida y Texas, están considerando leyes parecidas.
Aunque los gobernadores hayan firmado dichas legislaciones, todas han sido bloqueadas por un juez o serán llevadas a tribunales. Pero republicanos y activistas antiaborto esperan que estas medidas adelanten batallas legales para llegar a la Corte Suprema de Justicia.

La medida de Georgia dice que no se puede abortar cuando “se puede detectar el latido de un corazón humano”, pero hace la excepción en casos de violación e incesto y para salvar la vida de la madre. Otra excepción es cuando se determina que el feto no es viable debido a razones médicas.

sdp noticias

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Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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