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Perfila la Corte negar un amparo a Caro Quintero

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Las poco más de dos años de ser pospuesta la discusión en diversas ocasiones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila analizar el próximo miércoles un amparo promovido por el narcotraficante Rafael Caro Quintero, quien, en caso de ser recapturado, busca evitar su extradición a Estados Unidos.

La Primera Sala del máximo tribunal del país revisará un proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar quien propone negar el amparo al líder del cártel de Guadalajara, quien por una mala interpretación de un tribunal federal recobró su libertad tras 28 años de estar preso.

“Es incuestionable que los artículos 17 y 18 de la Ley de Extradición, así como el artículo 11 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos (los cuales prevén la figura de la detención provisional como medida cautelar), al tener su fundamento en el artículo 119 constitucional, no pueden ser considerados inconstitucionales, como lo pretende el recurrente”, señala la propuesta.

Fue en noviembre de 2016, cuando el ministro Arturo Zaldívar elaboró una propuesta de resolución que tenía previsto negar la protección de la justicia a Quintero, sin embargo el líder criminal presentó el recurso de reclamación y logró posponer el análisis de su amparo.

Zaldívar propuso a sus colegas de la Primera Sala rechazar el amparo que Rafael Caro Quintero solicitó contra diversos artículos de la Ley de Extradición y del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos.

Excelsior

Nota Principal

Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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