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Viajeros mexicanos ya no necesitarán realizar cuarentena para ingresar al Reino Unido

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México ya no deberá cumplir con la cuarentena obligatoria que el Reino Unido había establecido a viajeros como medida de precaución ante el COVID-19, confirmó el canciller mexicano, Marcelo Ebrard Casaubón.

A través de su cuenta de Twitter, el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) aseguró que el único documento oficial requerido para ingresar a la región europea será el certificado de vacunación.

De acuerdo con lo informado por la embajada de México en Reino Unido, la medida entrará en vigor a partir de las 04:00 horas (GMT) del próximo 11 de febrero.

Ésta aplicará para las y los viajeros cuyo esquema de vacunación se haya completado al menos 14 días antes de su llegada con cualquiera de los siguientes antígenos admitidos: AstraZeneca (incluyendo su formulación Vaxzevria y Covishield), Pfizer, Moderna (incluyendo su formulación Takeda), Janssen (de Johnson & Johnson), Sinovac, Sinopharm y Covaxin.

Las personas con ciudadanía mexicana que se inmunizaron en Estados Unidos deberán presentar la tarjeta CDC que avale el ciclo completo, sin necesidad de comprobar residencia en el país vecino.

Si el o la interesada cumple con estos requisitos, tampoco será necesario someterse a una prueba de COVID-19 antes o después de su llegada.

¿Qué pasa si me vacuné con un biológico “no admitido” o no cuento con el esquema completo?

De acuerdo con las normativas diplomáticas, no calificarán como completamente vacunadas aquellas personas sin el esquema completo o en cuyo ciclo se haya empleado biológicos “no admitidos”.

Para estos casos, la persona deberá realizarse una prueba de COVID-19 dos días previos al viaje. Asimismo reservará con antelación un test al cual se someterá a su llegada al país.

De igual manera, completará un formulario de localización con 48 horas de anticipación al vuelo.

Cabe señalar que en estas situaciones tampoco será obligatorio realizar la cuarentena a su llegada, a excepción que el resultado del examen arroje positivo.

Si fuese así, la persona contagiada deberá aislarse en un periodo contiguo de 10 días en la casa, residencia u hotel que se especificó en el formulario y en el cual pueda recibir alimentos y otras necesidades.

Si necesita ponerse en cuarentena, es posible que pueda finalizar la cuarentena antes de tiempo si paga por una prueba COVID-19 privada a través del esquema Test to Release.

Nota Principal

Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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