Conecta con nosotros

Acontecer

Amparan a niño al que se le negó acceso a educación

Published

on

El tribunal federal amparó a un menor de edad que fue inscrito con oportunidad en una escuela primaria de la Secretaría de Educación de Michoacán, pero que no recibe la educación básica por cuestiones ajenas a él y a sus ascendientes o tutores.
En su fallo, publicado en el Semanario Judicial de la Federación, indicó que el amparo procede cuando se deniegue el acceso a la educación básica, ya que el derecho humano a ésta se encuentra establecido en los artículos 3 y 4 de la Constitución Política.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito señaló que esos preceptos “consagran un cúmulo de derechos y obligaciones respecto al tema de la educación”.

Indican que todas las personas tienen derecho a recibir educación de calidad; los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción, entre otras, de sus necesidades de educación, y que es deber de los ascendientes o tutores preservar ese derecho.

También que el Estado debe proveer lo necesario para lograr el ejercicio pleno de los derechos de los menores y que es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos cursen la educación básica y la media superior.

El tribunal sostuvo que en esos artículos se instauraron las directrices para salvaguardar el derecho humano a la educación de calidad y del que es titular toda persona; es decir, niños, niñas, adolescentes y jóvenes, o cualquier persona que se ubique en el territorio nacional.

A su vez, el artículo 147 de la Ley de Amparo precisa que cuando proceda el amparo y según la naturaleza del acto, el juzgador debe ordenar que las cosas se mantengan en el estado que guarden y que se restablezca de manera provisional al quejoso en el goce del derecho violado.

Así, de forma inmediata a este fallo, las autoridades responsables deben proveer lo conducente para que este menor de edad continúe cursando el grado a que fue inscrito, para salvaguardar su derecho humano a la educación básica, advirtió el Tribunal de Circuito.

Fuente Excelsior

Acontecer

Georgina Ledezma vende pulseras hechas a mano. Alumna del CAM 7507

Published

on

By

Alumna del CAM 7507 del grupo de proyectos productivos, Georgina Kanakoqui Ledezma de 18 años de edad, joven alegre, entusiasta y trabajadora, con grandes habilidades para estar en un ambiente de trabajo, solicita el apoyo de la comunidad en general para que adquieran pulseras elaboradas con sus propias manos.

 


Bajo la asesoría y acompañamiento de la maestra Gabriela Rivero, en cuyas clases se desarrollan habilidades laborales con la finalidad de auto emplearse y/o realizar prácticas en ambientes reales, fue donde se gestó este emprendedurismo por parte de Georgina en la que de realizarlas como pasatiempo surgió la idea de ponerlas a la venta para generar sus propios ingresos como incentivo además, para que ella se sienta autónoma y feliz ya que debido a su delicada situación de salud no puede ejercer dentro de una empresa.
Este caso de éxito en la elaboración y convencimiento de producir artículos para su venta forma parte de los objetivos de nivel de formación para la vida adulta del CAM 7507 donde las maestras Ivone Santiago y Lydia Stirk del grupo de prácticas Laborales dan seguimiento puntual a todo su estudiantado.
Las pulseras de la joven Kanakoqui Ledezma estarán en venta en el restaurante “MAYÓLICA” ubicado en Blvd. Antonio Ortiz Mena 2033 Colonia Campestre-Lomas con un costo de $30 pesos.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto